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Feriados irrenunciables del comercio en Chile: días, horarios y multas

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Chile

En resumen

Para los dependientes del comercio en Chile, el 1 de enero, el 1 de mayo, el 18 y 19 de septiembre y el 25 de diciembre son feriados obligatorios e irrenunciables (Ley 19.973). El 24 y el 31 de diciembre nadie puede trabajar después de las 20:00, y cada infracción se multa con 5, 10 o 20 UTM por trabajador afectado.

En el comercio chileno hay cinco días al año en que la tienda cierra sí o sí: no hay pacto, bono ni pago al 100 % que permita abrir con trabajadores. Son los feriados irrenunciables de la Ley 19.973. A eso se suma una regla horaria para las vísperas de Navidad y Año Nuevo que también se multa por trabajador. Si tienes locales, conviene revisar ahora el rol de diciembre, porque los dos últimos irrenunciables del calendario caen el viernes 25 de diciembre de 2026 y el viernes 1 de enero de 2027.

¿Qué feriados son irrenunciables para el comercio?

El artículo 2 de la Ley 19.973, en su texto vigente, declara feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio estos días:

Fecha Feriado
1 de enero Año Nuevo
1 de mayo Día Nacional del Trabajo
18 de septiembre Independencia Nacional
19 de septiembre Glorias del Ejército
25 de diciembre Navidad

«Irrenunciable» significa que el trabajador no puede prestar servicios ese día aunque él mismo quiera o el empleador ofrezca un pago adicional. La Dirección del Trabajo lo ha dicho en sus campañas: los acuerdos no están por sobre la ley.

El descanso no dura sólo el día calendario. Según el artículo 36 del Código del Trabajo, empieza a más tardar a las 21:00 del día anterior y termina a las 6:00 del día siguiente. Para Fiestas Patrias de 2026, la DT lo aplicó así: desde las 21:00 del 17 de septiembre hasta las 6:00 del 20.

Además, el artículo 38 ter impide que, para los trabajadores del comercio que atienden público, el día de descanso semanal coincida con uno de estos feriados. El feriado no reemplaza al día libre de la semana.

¿Qué pasa el 24 y el 31 de diciembre?

No son feriados, pero tienen hora de cierre. El artículo 24 del Código del Trabajo permite extender la jornada de los dependientes del comercio hasta en dos horas diarias durante nueve días antes de Navidad, elegidos dentro de los últimos quince días previos, con estos límites:

  • En esos nueve días nadie trabaja más allá de las 23:00.
  • Las horas que superen la jornada máxima o la pactada se pagan como extraordinarias, y mientras se use esta extensión no se pueden pactar horas extra aparte.
  • Bajo ninguna circunstancia se trabaja más allá de las 20:00 del 24 de diciembre ni del 31 de diciembre.

Las multas del artículo 24 siguen la misma escala de la Ley 19.973. En 2026 el 24 y el 31 caen jueves: el turno de cierre debe terminar a las 20:00, no a la hora en que se va el último cliente.

¿Quién queda excluido?

La misma ley excluye a quienes trabajan en:

  • Clubes y restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Expendios de combustible, farmacias de urgencia y farmacias de turno fijado por la autoridad sanitaria.

Las tiendas de conveniencia de los servicentros pueden atender si, además de vender productos, preparan y venden alimentos para consumir en el local. La DT también ha precisado que un local puede abrir si lo atiende personalmente su dueño.

Los excluidos no pierden del todo el derecho: deben descansar esos feriados al menos una vez cada dos años con el mismo empleador, y se puede pactar una rotación del personal para lograrlo. Un restaurante que abre el 25 de diciembre de 2026 debería dejar libres en Navidad de 2027 a quienes trabajaron este año.

Ojo con un caso distinto: el día de elecciones y plebiscitos. El número 7 del artículo 38 dice que la excepción del comercio no se aplica a los trabajadores de centros o complejos comerciales administrados por una misma razón social en el feriado electoral del artículo 169 de la Ley 18.700. Si hay elecciones, revisa la instrucción que publique la DT para esa fecha.

¿Cuáles son las multas?

El artículo 2 de la Ley 19.973 fija la multa a beneficio fiscal por cada trabajador afectado:

Tamaño de la empresa Multa por trabajador afectado
Menos de 50 trabajadores 5 UTM
50 o más trabajadores 10 UTM
200 o más trabajadores 20 UTM

La cuenta se multiplica rápido. Una cadena con 250 trabajadores que abre un local con 12 personas el 25 de diciembre se expone a 12 × 20 = 240 UTM. Para el valor en pesos usa la UTM del mes de la infracción publicada por el SII. El detalle del procedimiento de fiscalización está en la nota sobre fiscalización y multas de la Dirección del Trabajo.

¿Qué feriados quedan en 2026?

Según el calendario publicado por el Gobierno de Chile, los feriados nacionales que quedan desde octubre son:

Fecha Día Feriado ¿Irrenunciable para el comercio?
12 de octubre Lunes Encuentro de Dos Mundos No
31 de octubre Sábado Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes No
1 de noviembre Domingo Todos los Santos No
8 de diciembre Martes Inmaculada Concepción No
25 de diciembre Viernes Navidad Sí

Y el viernes 1 de enero de 2027, también irrenunciable. Los feriados que no son irrenunciables se rigen por las reglas generales: las empresas exceptuadas del artículo 38 pueden trabajarlos, pero deben dar otro día de descanso por cada festivo trabajado, como se explica en la nota de descanso dominical.

Cómo ayuda un sistema de asistencia

Para una cadena con varias sedes, el riesgo está en el detalle: una persona que se queda a cuadrar caja hasta las 20:40 del 24 de diciembre ya es una infracción. En Time Dalton cargas los feriados por sede, defines el turno de cierre y el sistema marca salidas tardías, horas extra y marcaciones en días feriados para revisarlas en la bandeja con foto. Los reportes en Excel muestran quién trabajó cada feriado, útil para la rotación bienal de los excluidos.

El registro oficial de asistencia debe ser un libro, un reloj control con tarjetas o un sistema electrónico autorizado por la Dirección del Trabajo (Resolución Exenta 38). Time Dalton no está autorizado por la DT, así que antes de usarlo la empresa debe revisar ese requisito con su asesor laboral, incluido si un control operativo adicional (turnos, incidencias, reportes) es compatible con el criterio de llevar un solo sistema de registro. Más en la página de reloj control en Chile, en la calculadora de horas extra o prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los feriados irrenunciables en Chile?

Ver

Para los dependientes del comercio: 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre, según el artículo 2 de la Ley 19.973. Esos días no pueden trabajar aunque haya acuerdo o pago extra.

¿Hasta qué hora se trabaja el 24 y el 31 de diciembre en el comercio?

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Hasta las 20:00. El artículo 24 del Código del Trabajo prohíbe que los dependientes del comercio trabajen más allá de las 20 horas del día anterior a Navidad y del día anterior al 1 de enero.

¿Quiénes no tienen feriado irrenunciable?

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Quienes trabajan en clubes, restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales en aeropuertos y aeródromos públicos, casinos, expendios de combustible y farmacias de urgencia o de turno, entre otros. Igual tienen derecho a descansar esos días al menos una vez cada dos años con el mismo empleador.

¿Cuál es la multa por hacer trabajar en un feriado irrenunciable?

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5 UTM por cada trabajador afectado; 10 UTM si la empresa tiene 50 o más trabajadores y 20 UTM si tiene 200 o más.

¿Qué feriados quedan en 2026?

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Lunes 12 de octubre, sábado 31 de octubre, domingo 1 de noviembre, martes 8 de diciembre y viernes 25 de diciembre. De ellos, sólo el 25 de diciembre es irrenunciable para el comercio.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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