Enfermedad en Ecuador: los 3 primeros días, el IESS y la asistencia
Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Ecuador
En resumen
En Ecuador, cuando un trabajador falta por enfermedad no profesional, el empleador paga el 50 % de su sueldo durante los 3 primeros días y después el IESS cubre el subsidio, según su reglamento, si el afiliado tiene 6 aportes mensuales seguidos. Si no los tiene, el empleador paga el 50 % hasta 2 meses al año. El trabajador debe avisar por escrito en 3 días y no puede ser despedido por esa enfermedad mientras no pase de un año.
Una gripe fuerte, una cirugía menor o una fractura en casa: la enfermedad no profesional es la causa más común de ausencias justificadas en cualquier empresa. En Ecuador el costo se reparte entre el empleador y el IESS, y el Código del Trabajo pone plazos tanto al trabajador como a la empresa. Esta guía separa quién paga cada día, qué documentos sostienen la ausencia y cómo registrarla para que no termine como una falta injustificada.
Quién paga cada tramo
La Ley de Seguridad Social reconoce al afiliado enfermo asistencia médica y un subsidio monetario transitorio cuando la enfermedad lo incapacita para trabajar (artículo 104). El reparto queda así:
| Tramo | Quién paga | Norma |
|---|---|---|
| Días 1 a 3 | El empleador, el 50 % del sueldo | Art. 106 de la Ley de Seguridad Social |
| Después de los 3 primeros días, con 6 aportes mensuales seguidos | Subsidio del IESS, según su reglamento | Arts. 104 y 107 de la Ley de Seguridad Social |
| Si no tiene derecho a la prestación del IESS | El empleador, el 50 % de la remuneración, hasta 2 meses por año | Art. 42, num. 19, del Código del Trabajo |
El porcentaje del subsidio del IESS y su duración máxima están en resoluciones del propio Instituto que no pudimos leer; por eso no los damos aquí. Consulta con tu asesor laboral o en el IESS antes de proyectar el costo de una incapacidad larga.
Ejemplo con números
Un bodeguero gana USD 720 al mes y presenta un certificado por 5 días de reposo. Tiene más de 6 aportes seguidos.
| Concepto | Cálculo | Valor |
|---|---|---|
| Sueldo diario (sueldo ÷ 30) | 720 ÷ 30 | USD 24,00 |
| Días 1 a 3 a cargo del empleador, al 50 % | 3 × 24 × 0,50 | USD 36,00 |
| Días 4 y 5 | Subsidio del IESS según su reglamento | Consulta con el IESS |
Si el mismo trabajador no tuviera los 6 aportes, porque entró hace 4 meses, el empleador pagaría el 50 % también por los días 4 y 5 (2 × 12 = USD 24,00), dentro del límite de 2 meses al año del numeral 19 del artículo 42.
Los plazos del trabajador: avisar en 3 días y probar la enfermedad
El Código del Trabajo pone las reglas en los artículos 177 y 178:
- Aviso por escrito en 3 días. El trabajador debe comunicar la enfermedad al empleador y a la inspección del trabajo dentro de los tres primeros días. Si no lo hace, se presume que la enfermedad no existe.
- Certificado médico. De preferencia emitido por un médico del IESS, aunque la ley no lo exige en exclusiva.
- Verificación del empleador. La empresa puede comprobar la enfermedad en cualquier momento con un médico que ella designe. Si hay discrepancia, decide el inspector del trabajo, que nombra un tercer médico a costa del empleador.
Por su lado, la Ley de Seguridad Social pide al empleador avisar al IESS la enfermedad del trabajador dentro de los 3 días posteriores, junto con las demás novedades de la historia laboral (artículo 73). Lo vemos en la nota sobre afiliación y avisos al IESS.
Además, el numeral 9 del artículo 42 obliga a dar el tiempo necesario para ser atendido por los médicos del IESS sin reducir la remuneración. Una cita médica de dos horas no es un atraso ni una falta.
Enfermedad y faltas: lo que no se puede descontar
El artículo 54 del Código descuenta remuneración por faltas injustificadas, pero aclara que el trabajador no pierde su pago si la falta se debe a enfermedad debidamente comprobada. Tampoco se le puede imponer una indemnización por faltas. Si recibes el certificado tarde, la ausencia debe corregirse de falta injustificada a justificada en cuanto llegue; ver la nota sobre faltas y atrasos.
Estabilidad: hasta un año sin despido
Los artículos 174 y 175 impiden terminar el contrato por una incapacidad temporal derivada de enfermedad no profesional mientras no exceda de un año. La protección no alcanza al accidente sufrido en estado de embriaguez comprobado ni al causado por una pelea provocada por el trabajador.
Cuando se recupera, el trabajador tiene 30 días para volver (artículo 176). Si no regresa en ese plazo, pierde el derecho a exigir el reintegro. Si regresa y el empleador se niega a recibirlo en las mismas condiciones, debe pagarle una indemnización de 6 meses de remuneración, además de los otros derechos (artículo 179). Para un sueldo de USD 720, son USD 4.320.
Cómo registrar una incapacidad en el control de asistencia
Una ausencia por enfermedad mal registrada termina en un descuento indebido o en un reclamo. Este orden funciona:
- El primer día, la incidencia. Si alguien no marca entrada y avisa que está enfermo, el supervisor registra la ausencia con el motivo «enfermedad, certificado pendiente», no como falta.
- Al recibir el certificado, la justificación. Se adjunta o se anota el número del certificado y las fechas de reposo, y se cierra la incidencia.
- El conteo de días. El sistema debe distinguir los 3 primeros días (a cargo del empleador) de los siguientes, para que nómina aplique el pago correcto.
- El regreso. La primera marcación después del reposo cierra el período. Si pasan más de 30 días desde el alta sin que vuelva, ya no es una ausencia por enfermedad y conviene revisarlo con tu asesor.
Si quieres medir cuánto le cuestan a tu empresa estas ausencias, usa la guía para calcular el costo del ausentismo o la calculadora de costo de tardanzas y ausentismo.
Cómo ayuda Time Dalton
En Time Dalton cada ausencia queda como incidencia con su motivo, sus fechas y quién la registró, y la bitácora no se edita: si una falta se convierte en ausencia justificada, queda constancia del cambio. Los reportes de ausencias por persona y por sede se exportan a Excel o por API. En Ecuador Time Dalton no tiene nómina integrada, así que no calcula el 50 % de los tres primeros días ni gestiona el subsidio del IESS; te entrega los días para que nómina los aplique.
Mira la página de control de asistencia en Ecuador o prueba la demo con una empresa de ejemplo.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los primeros días de enfermedad en Ecuador?
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El empleador paga el 50 % del sueldo durante los 3 primeros días de enfermedad no profesional, según el artículo 106 de la Ley de Seguridad Social. Después interviene el subsidio del IESS, según su reglamento, si el afiliado cumple los requisitos.
¿Cuántos aportes necesito para el subsidio por enfermedad del IESS?
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Seis imposiciones mensuales ininterrumpidas, según el artículo 107 de la Ley de Seguridad Social. El porcentaje del subsidio lo fija el reglamento del IESS; consulta con tu asesor laboral o en el IESS.
¿En cuánto tiempo hay que avisar una enfermedad al empleador?
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Dentro de los 3 primeros días, por escrito, al empleador y a la inspección del trabajo (artículo 177 del Código del Trabajo). Si no se avisa, se presume que la enfermedad no existe.
¿Me pueden despedir por estar enfermo?
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No mientras la incapacidad por enfermedad no profesional no exceda de un año (artículos 174 y 175 del Código del Trabajo). Al recuperarte tienes 30 días para volver; si el empleador no te recibe, debe pagarte 6 meses de remuneración (artículo 179).
Fuentes oficiales
- Ley de Seguridad Social, texto con reformas a 2022, arts. 104, 106 y 107 (IESS)
- Código del Trabajo, codificación 2005-017, última reforma R.O. 309-S 12-V-2023 (Ministerio del Trabajo)
Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.
Para hacer la cuenta
- Calculadora de horas trabajadas · Entrada, salida y descanso de cada día; suma la semana en horas y minutos y en horas decimales.
- Convertidor de minutos a horas decimales · De 7 h 45 min a 7.75 h y de 7.75 h a 7 h 45 min, con la tabla de los 60 minutos.
- Control de asistencia para empresas en Ecuador · zonas horarias, nómina y datos personales del país