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Feriado progresivo en Chile: cuándo se gana y cómo se calcula

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Chile

En resumen

El feriado progresivo suma un día hábil de vacaciones por cada tres nuevos años trabajados, una vez cumplidos diez años de trabajo con uno o más empleadores (art. 68 del Código del Trabajo). De empleadores anteriores sólo cuentan hasta diez años, y los tres años nuevos deben ser con el empleador actual.

El feriado progresivo es el premio a la antigüedad en las vacaciones chilenas: un día más por cada tres años, una vez cumplida una base de diez. La regla cabe en dos líneas del Código del Trabajo, pero en la práctica genera dudas constantes: qué años cuentan, quién debe probarlos y qué pasa al cambiar de empresa. Esta nota cubre sólo los días adicionales; las reglas del feriado básico de 15 días hábiles están en la nota de feriado legal.

¿Qué dice el artículo 68?

El artículo 68 del Código del Trabajo establece que todo trabajador con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tiene derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados. Agrega dos reglas:

  • Ese exceso es susceptible de negociación individual o colectiva.
  • De los años prestados a empleadores anteriores sólo pueden hacerse valer hasta diez.

La Dirección del Trabajo lo traduce en dos requisitos que se suman:

  1. Una base de diez años trabajados, con el empleador actual o con anteriores.
  2. Tres años nuevos trabajados con el empleador actual, por cada día adicional.

Los días progresivos se suman al feriado básico del artículo 67, que es de 15 días hábiles (20 en Magallanes, Aysén y la provincia de Palena).

¿Cómo se calcula? Tabla por antigüedad

Caso 1: toda la carrera con el mismo empleador. La base de diez años se completa en la misma empresa, y los «tres nuevos años» empiezan a contar desde ahí.

Años con el empleador actual Feriado básico Días progresivos Total (días hábiles)
1 a 12 15 0 15
13 15 1 16
16 15 2 17
19 15 3 18
22 15 4 19
25 15 5 20

Caso 2: llega con diez años o más acreditados de otros empleadores. Como ya tiene la base completa, sólo necesita los tres años nuevos con la empresa actual.

Años con el empleador actual Días progresivos Total (días hábiles)
1 a 2 0 15
3 1 16
6 2 17
9 3 18
12 4 19

Aunque haya trabajado 20 años antes, sólo se le reconocen diez: la ley pone ese tope a los años de empleadores anteriores.

Caso 3: llega con cuatro años acreditados. Le faltan seis para la base. Los completa con seis años en la empresa actual y, desde ahí, necesita tres más: recibe su primer día progresivo al cumplir nueve años con el empleador actual y el segundo a los doce.

En zonas extremas la tabla es la misma, pero sobre 20 días: en el caso 2, a los tres años con el empleador actual serían 21 días hábiles.

¿Cómo se acreditan los años trabajados?

Si toda la carrera fue con el mismo empleador, basta el contrato de trabajo y su fecha de ingreso. Para los años con otros empleadores, la Dirección del Trabajo acepta:

  • Una certificación de la Inspección del Trabajo, según los antecedentes que tenga.
  • Un instrumento público que acredite de forma fidedigna la prestación de servicios: sentencias judiciales, convenios o fallos arbitrales, escrituras públicas o certificados de cotizaciones previsionales emitidos por la AFP.
  • Si no hay ninguno de esos documentos, el trámite judicial de información para perpetua memoria.

El certificado de cotizaciones de la AFP es el camino más común. Muestra los meses cotizados, que se convierten en años de servicio: 120 meses cotizados equivalen a la base de diez años.

Hay un punto de plazo que conviene comunicar a los trabajadores: según la DT, los años con otros empleadores deben acreditarse ante el empleador actual antes de hacer uso del feriado básico de ese año. Si no se hace, se pierde el beneficio durante ese año.

¿Qué pasa al cambiar de empleador?

Los días progresivos ganados no viajan con el trabajador. La Dirección del Trabajo explica que, al cambiar de empleador, se pierden los días acumulados de feriado progresivo: el tiempo trabajado sólo sirve para completar la base de diez años con el nuevo empleador, y hay que volver a cumplir tres años para ganar el primer día.

Un ejemplo: alguien con 19 años en una empresa tiene 18 días de feriado. Si se cambia, en la nueva empresa parte con 15 días; acredita diez años de base y a los tres años vuelve a tener 16.

¿Se puede negociar o pagar?

El artículo 68 dice expresamente que el exceso es susceptible de negociación individual o colectiva. Eso permite, por ejemplo, mejorar el beneficio en un contrato colectivo o pactar condiciones para usarlo.

El artículo 73, que regula la compensación en dinero del feriado, menciona también «la compensación del exceso a que alude el artículo 68»: lo que se pague por esos días no puede ser inferior a la remuneración íntegra calculada según el artículo 71. Si estás evaluando pagar días progresivos en vez de darlos durante la relación laboral, consulta con tu asesor laboral antes de hacerlo, porque el feriado básico sí está prohibido de compensar en dinero mientras el contrato esté vigente.

Al terminar el contrato, los días progresivos que correspondían se incluyen en lo que se paga por feriado en el finiquito; el detalle está en la nota de finiquito con ministro de fe.

Cómo ayuda un sistema de asistencia

El feriado progresivo depende de fechas: ingreso, años acreditados y anualidades. Si esa información vive en una planilla, los errores aparecen justo cuando alguien pide sus vacaciones. En Time Dalton registras a cada colaborador con su fecha de ingreso, cargas los feriados por sede y registras las ausencias justificadas, para que los días de vacaciones no aparezcan como faltas en los reportes. Time Dalton no calcula remuneraciones ni el monto del feriado: exporta los datos de asistencia a Excel o por API para tu sistema de remuneraciones.

El registro oficial de asistencia debe ser un libro, un reloj control con tarjetas o un sistema electrónico autorizado por la Dirección del Trabajo (Resolución Exenta 38). Time Dalton no está autorizado por la DT, así que antes de usarlo la empresa debe revisar ese requisito con su asesor laboral, incluido si un control operativo adicional (turnos, incidencias, reportes) es compatible con el criterio de llevar un solo sistema de registro. Revisa la página de reloj control en Chile, la calculadora del costo del ausentismo o prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se tiene derecho al feriado progresivo?

Ver

Cuando el trabajador suma diez años de trabajo, con uno o más empleadores, y luego cumple tres años nuevos con su empleador actual. Desde ahí gana un día adicional de feriado por cada tres años más.

¿Cómo se acreditan los años con otros empleadores?

Ver

Con un certificado de la Inspección del Trabajo, con un instrumento público como el certificado de cotizaciones de la AFP, sentencias o escrituras, o, si no hay documentos, con una información para perpetua memoria ante un tribunal.

¿Se pierden los días progresivos al cambiar de trabajo?

Ver

Sí. Según la Dirección del Trabajo, con el nuevo empleador los años anteriores sólo sirven para completar la base de diez, y hay que volver a cumplir tres años para ganar el primer día progresivo.

¿El feriado progresivo se puede negociar?

Ver

El artículo 68 dice que el exceso sobre el feriado básico es susceptible de negociación individual o colectiva. Cualquier compensación en dinero no puede ser menor que la remuneración íntegra del artículo 71.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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