Finiquito en Chile: ministro de fe, plazo de 10 días y versión electrónica
Publicado el Revisado el 7 min de lectura Por Equipo Time Dalton Chile
En resumen
Según el artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe constar por escrito, otorgarse y ponerse su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles desde la separación, y ratificarse ante un ministro de fe o firmarse electrónicamente en el sitio de la Dirección del Trabajo. El trabajador puede firmar con reserva de derechos, y si el despido exige cotizaciones al día el ministro de fe debe verificarlas antes.
El finiquito es el documento que cierra la relación laboral: dice por qué terminó el contrato, qué se pagó y qué quedó pendiente. En Chile tiene formalidades estrictas. Si no se ratifica ante un ministro de fe, o no se firma en el portal de la Dirección del Trabajo, el empleador no puede invocarlo. Y tiene un plazo legal. Aquí va lo que exige el artículo 177 del Código del Trabajo y cómo cuadrar las horas extra y el feriado pendientes con los registros de asistencia.
¿Qué dice el artículo 177 sobre el finiquito?
El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deben constar por escrito. El instrumento que no esté firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado sindical, o que no haya sido ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no puede ser invocado por el empleador.
Además del inspector, la ley acepta como ministros de fe a:
| Ministro de fe | Detalle |
|---|---|
| Inspector del trabajo | En la Inspección del Trabajo |
| Notario público | De la localidad |
| Oficial del registro civil | De la respectiva comuna o sección de comuna |
| Secretario municipal | El que corresponda |
Como alternativa, también sirve la firma del presidente del sindicato o del delegado sindical.
¿Cuál es el plazo para pagar el finiquito?
El empleador debe otorgar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación. Las partes pueden pactar el pago en cuotas conforme a los artículos 63 bis y 169. En el caso de las indemnizaciones por necesidades de la empresa, el artículo 169 exige que el pacto de cuotas incluya intereses y reajustes y se ratifique ante la Inspección del Trabajo.
Los feriados no son días hábiles, así que alargan el plazo. Si tienes dudas sobre cómo contar los sábados en tu caso, consulta con tu asesor laboral y no apures el plazo: es mejor tener el finiquito listo en la primera semana. Si no se paga a tiempo, la diferencia puede terminar en una multa o en una demanda.
El finiquito electrónico en el portal de la DT
El artículo 177 da por ratificado ante el inspector del trabajo el finiquito que el empleador otorga en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo y que el trabajador firma electrónicamente en ese mismo sitio. Debe indicar al menos la causal invocada, los pagos realizados, las sumas pendientes y la reserva de derechos, si la hubo. Lo mismo vale para la renuncia y el mutuo acuerdo.
Lo que la ley y ChileAtiende describen del procedimiento:
- El empleador ingresa al portal Mi DT con ClaveÚnica y crea la propuesta. El trabajador entra con su ClaveÚnica y la acepta, la acepta con reserva de derechos o la rechaza.
- El trabajador necesita una cuenta bancaria vigente (corriente, vista o CuentaRUT). La recepción del pago está a cargo del Servicio de Tesorerías u otras entidades autorizadas, sin costo para el trabajador.
- Según ChileAtiende, el finiquito electrónico no se puede pagar en cuotas.
- Es siempre facultativo para el trabajador. Si lo rechaza, el empleador debe ofrecer el finiquito presencial dentro del plazo de 10 días o, si ese plazo ya venció mientras esperaba la firma electrónica, dentro de tres días hábiles desde el rechazo.
El artículo 162 obliga además a informar en la carta de despido si el finiquito será presencial o electrónico, a aclarar que la vía electrónica es voluntaria y a advertir que el trabajador puede formular reserva de derechos.
Reserva de derechos
El trabajador que firma puede dejar constancia de que se reserva el derecho a demandar a su exempleador. La reserva no impide el pago de las sumas no disputadas, y la Dirección del Trabajo debe exigirlo.
Si después de firmar el trabajador considera que hubo error, fuerza o dolo, puede reclamar judicialmente dentro de 60 días hábiles, el plazo del artículo 168.
Cotizaciones al día: la Ley Bustos
Cuando el despido se basa en las causales del artículo 162 (las del artículo 159 n.º 4, 5 y 6, las del 160 y las del 161), el ministro de fe, antes de la ratificación, debe pedir al empleador que acredite con certificados o planillas que pagó íntegramente las cotizaciones de pensiones, salud y seguro de cesantía hasta el último día del mes anterior al despido. Si no están pagadas, debe dejar constancia de que el finiquito no pone término al contrato.
Es la regla conocida como Ley Bustos: el despido no produce efecto mientras haya cotizaciones impagas, y el empleador debe seguir pagando remuneraciones hasta convalidarlo pagando la deuda. Los organismos previsionales deben emitir el «Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas» dentro de 3 días hábiles desde la solicitud.
¿Qué debe incluir y cómo cuadrar las horas y el feriado?
Un finiquito completo suele detallar:
- Causal de término y fecha de separación.
- Remuneraciones pendientes del último mes.
- Horas extraordinarias no pagadas.
- Feriado pendiente y feriado proporcional.
- Indemnizaciones, si corresponden (ver indemnización por años de servicio).
- Descuentos legales y la reserva de derechos, si la hay.
Las partidas 2 a 4 salen del registro de asistencia, y son las que más se reclaman con reserva de derechos.
Horas extra pendientes. Con un sueldo de CLP 900.000 y jornada de 42 horas, la hora extra vale 900.000 ÷ 30 × 28 ÷ 168 × 1,5 = CLP 7.500. Si en las últimas dos semanas hubo 6 horas extra aprobadas y no pagadas, el finiquito debe incluir CLP 45.000. Si el registro no las muestra, o las muestra sin aprobar, ese es el reclamo típico. Las reglas de pacto y tope están en horas extraordinarias, y para sumarlas sirve la calculadora de horas extra.
Feriado proporcional. El artículo 73 dice que quien deja la empresa antes de completar el año que da derecho a feriado recibe una indemnización equivalente a la remuneración íntegra, proporcional al tiempo entre la contratación o la última anualidad y el término. Con 15 días hábiles al año son 1,25 días hábiles por mes. En Magallanes, Aysén y la provincia de Palena el feriado es de 20 días hábiles (artículo 67), así que la proporción es mayor. El método para convertir esos días hábiles a pago, incluidos los días inhábiles que se agregan, conviene revisarlo con tu asesor laboral. Más detalle en feriado legal y vacaciones.
Si el feriado ya tomado está bien registrado, el saldo cuadra. Si las vacaciones se anotaron en un correo o en una planilla aparte, el saldo del finiquito queda en discusión.
Cómo ayuda un sistema de asistencia
Time Dalton no calcula ni emite finiquitos. Lo que aporta es el respaldo del cierre: las horas extra aprobadas con segunda firma, el banco de horas, las ausencias y licencias con su motivo y una bitácora donde ninguna marcación se borra, sólo se anula con motivo. Con eso el saldo de horas y días cuadra antes de llegar al ministro de fe. Todo se exporta a Excel o por API.
El registro oficial de asistencia debe ser un libro, un reloj control con tarjetas o un sistema electrónico autorizado por la DT según la Resolución Exenta 38. Time Dalton no está autorizado por la DT, así que antes de usarlo revisa ese requisito con tu asesor laboral, incluido si un control operativo adicional (turnos, incidencias, reportes) es compatible con el criterio de llevar un solo sistema de registro. Más en reloj control en Chile o en la demo.
Preguntas frecuentes
¿Ante quién se firma un finiquito en Chile?
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Ante el inspector del trabajo, un notario público de la localidad, el oficial del registro civil de la comuna o el secretario municipal. También vale firmado por el presidente del sindicato o el delegado sindical, o firmado electrónicamente en el sitio de la Dirección del Trabajo.
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar el finiquito?
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Diez días hábiles contados desde la separación del trabajador, según el artículo 177. Las partes pueden pactar el pago en cuotas en los casos que permite la ley.
¿Es obligatorio aceptar el finiquito electrónico?
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No. Firmarlo en el portal de la DT es siempre facultativo para el trabajador. Si lo rechaza, el empleador debe ofrecerle el finiquito en forma presencial.
¿Qué es la reserva de derechos?
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Es una anotación en el finiquito con la que el trabajador deja constancia de que va a reclamar algo, por ejemplo horas extra impagas. No impide el pago de las sumas no disputadas.
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo, DFL 1 de 2002, arts. 32, 63 bis, 67, 73, 162, 168, 169 y 177 (BCN Ley Chile, versión del 23-07-2026)
- Ratificación de un finiquito de trabajo (ChileAtiende, ficha 1393)
- Cálculo de la hora extraordinaria con jornada de 42 horas (Dirección del Trabajo)
Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.
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