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Indemnización por antigüedad en Nicaragua: artículo 45 y tope de 5 meses

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Nicaragua

En resumen

Cuando el empleador termina sin causa justificada un contrato por tiempo indeterminado, el artículo 45 del Código del Trabajo de Nicaragua manda pagar un mes de salario por cada uno de los primeros tres años y veinte días por cada año a partir del cuarto. La indemnización nunca es menor de un mes ni mayor de cinco meses, y las fracciones de año se pagan en proporción. El tope se alcanza a los seis años.

La indemnización por antigüedad es la partida más grande de una liquidación en Nicaragua y la que más se discute ante el Inspector o el juez. La fórmula del artículo 45 es corta, pero tiene tres detalles que cambian el monto: el escalón del cuarto año, el mínimo de un mes y el tope de cinco meses. Esta nota los explica con números.

Cuándo se paga

El artículo 45 aplica cuando el empleador rescinde el contrato de trabajo por tiempo indeterminado y sin causa justificada. Es el despido sin causa, el que no cumple el artículo 48 o el que se hace sin la autorización previa que exige ese artículo.

Tres situaciones se tratan distinto:

  • Despido con causa justa (art. 48), autorizado previamente por el Inspector Departamental del Trabajo: no hay indemnización del artículo 45; solo se pagan los proporcionales del artículo 42. Lo explicamos en despido con causa justa en Nicaragua.
  • Renuncia o mutuo acuerdo: el artículo 43 dice que no afectan el derecho adquirido por antigüedad conforme el artículo 45.
  • Trabajadores de confianza (art. 7): no tienen reintegro, pero si tienen al menos un año continuo reciben entre dos y seis meses de salario (art. 47), sin perjuicio de otras prestaciones.

La fórmula del artículo 45

Tramo Indemnización
Cada uno de los primeros tres años Un mes de salario
Cada año a partir del cuarto Veinte días de salario
Mínimo Un mes
Máximo Cinco meses
Fracciones de año Proporcionales

Como tres años dan tres meses y cada año siguiente suma 20 días, el tope de cinco meses se alcanza al completar el sexto año (3 meses + 60 días). De ahí en adelante la indemnización ya no crece.

Ejemplos en córdobas

Tomamos un salario de C$11,350.08, el mínimo 2026 de comercio, restaurantes y hoteles (Acuerdo Ministerial 02-2026). Valor diario con la práctica usual de dividir entre 30: C$378.34.

Antigüedad Cálculo Indemnización
2 años 2 meses C$22,700.16
3 años y 6 meses 3 meses + 10 días C$37,833.64
5 años 3 meses + 40 días C$49,183.84
6 años 3 meses + 60 días = 5 meses C$56,750.40
9 años Tope de 5 meses C$56,750.40

Detalle del caso de 3 años y 6 meses: tres meses suman C$34,050.24; la fracción del cuarto año es medio año, que vale la mitad de 20 días, o sea 10 días: C$3,783.40. Total: C$37,833.64.

El mínimo de un mes

El artículo dice que en ningún caso la indemnización será menor de un mes. Una persona despedida sin causa a los cinco meses de trabajo recibe, según el texto, un mes completo (C$11,350.08 con el salario del ejemplo) y no 5/12 de un mes.

Esa regla convive con el periodo de prueba del artículo 28: en contratos por tiempo indeterminado, las partes pueden pactar hasta treinta días de prueba en los que cualquiera termina la relación sin responsabilidad. Fuera de ese periodo, el mínimo aplica. Los detalles del periodo de prueba están en período de prueba y contratos en Nicaragua.

Qué salario se usa

El artículo 45 habla de «meses» y «días de salario», pero no dice si es el último salario, el promedio ni qué conceptos entran. El salario ordinario del artículo 84 incluye básico, incentivos y comisiones, y la práctica usual es tomar el último salario ordinario o el promedio de los últimos seis meses cuando es variable, por analogía con los artículos 78 y 94. Como el Código no lo fija para la antigüedad, consulta con tu asesor laboral, sobre todo si hay comisiones altas o variaciones fuertes.

Reintegro y despidos que violan derechos

El artículo 46 da al trabajador acción para pedir su reintegro ante el Juez del Trabajo cuando el despido viola prohibiciones del Código o es represalia por ejercer derechos laborales o sindicales. Si el reintegro se declara con lugar y el empleador no cumple, debe pagar, además de la indemnización por antigüedad, una suma equivalente al cien por ciento de esa indemnización.

El Código Procesal del Trabajo (Ley 815, art. 52) agrega dos reglas de prueba importantes: el empleador debe probar los hechos de la carta de despido y no puede invocar después otros distintos, y el despido verbal se presume injustificado.

Contratos a plazo que se vuelven indeterminados

El artículo 45 habla de contratos por tiempo indeterminado. Pero el artículo 26 presume que todo contrato es indeterminado salvo que las partes pacten un plazo, que la obra o servicio lo determine o que sean trabajos estacionales. Y el artículo 27 convierte en indeterminado el contrato a plazo cuando, vencido, la persona sigue trabajando treinta días más, o cuando se trabaja después de la segunda prórroga. Ejemplo: una recepcionista con tres contratos de seis meses seguidos tiene, desde la tercera renovación, un contrato indeterminado, y su antigüedad para el artículo 45 se cuenta desde el primer día del primer contrato. Si tienes contratos encadenados, revísalos con tu asesor laboral antes de terminar alguno.

Plazos para reclamar

El artículo 257 fija en un año la prescripción general de las acciones derivadas del Código. El reclamo de reintegro, en cambio, prescribe en un mes desde que cesa la relación (art. 260). Guarda la documentación de cada terminación al menos durante ese tiempo.

Por qué importa el registro de asistencia

La antigüedad se cuenta en años, meses y días desde la fecha real de ingreso. Si la persona trabajó de forma continua en contratos sucesivos, el artículo 27 puede convertir la relación en indeterminada, y la antigüedad se cuenta desde el primer día. Un registro de asistencia confiable muestra desde cuándo trabaja cada quien y sin qué interrupciones, y es también la base de las causales de despido por inasistencias.

En Time Dalton cada colaborador tiene su ficha con fecha de ingreso, y el reloj marcador guarda cada entrada y salida con foto, desde un kiosko web en cualquier tablet o computadora o desde la app con prueba de vida, cotejo facial 1:1 y geocercas; sin internet, las marcaciones se sincronizan después sin duplicarse. Time Dalton no tiene nómina integrada en Nicaragua ni calcula la indemnización del artículo 45: exporta asistencia y ausencias a Excel o por API para tu asesor o tu sistema de planilla.

Revisa también la liquidación final en Nicaragua, la página del reloj marcador en Nicaragua o prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por antigüedad en Nicaragua?

Ver

Un mes de salario por cada uno de los primeros tres años y veinte días de salario por cada año a partir del cuarto, con un mínimo de un mes y un máximo de cinco meses (art. 45 del Código del Trabajo). Las fracciones de año se liquidan en proporción.

¿A los cuántos años se llega al tope de cinco meses?

Ver

A los seis años. Los tres primeros años dan tres meses y cada año siguiente suma veinte días; con tres años más se completan 60 días, es decir, dos meses, para un total de cinco.

¿Se paga la antigüedad si renuncio?

Ver

El artículo 43 dice que la terminación por mutuo acuerdo o renuncia no afecta el derecho adquirido por antigüedad conforme el artículo 45. Cómo se aplica en tu caso concreto conviene revisarlo con tu asesor laboral.

¿Hay indemnización si el despido es por causa justa?

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No. Si se configura una causal del artículo 48 con la autorización previa del Inspector Departamental del Trabajo, el empleador solo paga lo del artículo 42: la parte proporcional de vacaciones y décimo tercer mes.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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