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Reloj marcador en tiendas y comercio de El Salvador: turnos y asuetos

Publicado el Revisado el 5 min de lectura Por Equipo Time Dalton El Salvador

En resumen

En las tiendas y comercios de El Salvador el salario mínimo es de $408.80 al mes desde junio de 2025. Quien trabaja un día de asueto cobra el salario ordinario más 100 % (art. 192 del Código de Trabajo), quien trabaja su día de descanso cobra al menos 50 % adicional y un día compensatorio, y las propinas se entregan en máximo 15 días con registro.

Un supermercado, una cadena de farmacias o una tienda de ropa en un centro comercial abre los siete días, con horarios de 9:00 a 21:00 y picos en quincena, Semana Santa, las fiestas agostinas y diciembre. Cada uno de esos picos tiene su propia regla de pago en el Código de Trabajo, y es en el comercio donde el MTPS concentra buena parte de sus inspecciones de asuetos. Esta nota resume lo que debe registrar el reloj marcador de una tienda salvadoreña.

Salario mínimo y valor de la hora

Desde el 1 de junio de 2025, el salario mínimo de comercio y servicios es de $408.80 al mes, igual que el de industria. Con la convención de dividir entre 30 días y 8 horas (el art. 142 manda dividir entre los días del período; el divisor exacto conviene confirmarlo con tu asesor laboral):

Concepto Cálculo Monto
Día $408.80 ÷ 30 $13.63
Hora ordinaria $13.63 ÷ 8 $1.70
Hora extra (100 %, art. 169) $1.7033 × 2 $3.41
Hora nocturna (25 %, art. 168) $1.7033 × 1.25 $2.13

El artículo 147 agrega un punto útil para tiendas con medio tiempo: el salario mínimo se refiere a la jornada de 8 horas; si la jornada es menor de 8 pero mayor de 5 horas, se paga el mínimo completo. Solo por debajo de eso, fuera del caso de completar la semana laboral, la remuneración puede ser proporcional. Más detalle en salario mínimo en El Salvador.

Domingo y día de descanso

El artículo 173 dice que el día de descanso semanal es el domingo, pero las empresas que por su actividad laboran normalmente el domingo pueden señalar otro día a cada trabajador. Un centro comercial entra en ese supuesto, así que el rol puede dar el martes libre a una cajera y el jueves a otra.

Si la persona trabaja su día de descanso por acuerdo con la empresa (art. 175):

  • Cobra el salario básico de ese día más al menos 50 % por las horas que trabaje.
  • Tiene derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, en la misma semana o la siguiente (art. 176).

Ejemplo: un bodeguero con $408.80 trabaja 8 horas en su día de descanso. Cobra $13.63 por el día más $6.81 de recargo (50 % de 8 × $1.7033), en total $20.44, y además descansa otro día con goce de sueldo. El cálculo completo está en descanso semanal en El Salvador.

Asuetos: cuándo abrir y cuánto pagar

El artículo 190 fija los asuetos nacionales (1 de enero; jueves, viernes y sábado santos; 1 de mayo; 6 de agosto; 15 de septiembre; 2 de noviembre y 25 de diciembre), además del 3 y 5 de agosto en San Salvador y la fiesta patronal principal en el resto del país. Decretos posteriores agregaron el 10 de mayo y el 17 de junio; la lista y las fechas de 2026 están en asuetos en El Salvador.

Quien trabaja un asueto de común acuerdo con el patrono cobra el salario ordinario más 100 % (art. 192). Con $408.80, un asueto de 8 horas trabajado vale $27.25 en lugar de $13.63. Si además hace horas extra ese día, el recargo se calcula sobre ese salario extraordinario.

El artículo 193 regula quién debe quedarse:

  • Establecimientos de artículos de primera necesidad: el personal está obligado a permanecer en el número que designe el patrono, pero no después de las 12:00.
  • Hoteles, restaurantes, refresquerías y lugares de diversión: el personal está obligado a permanecer en el número que designe el patrono.
  • En todos los casos, quien trabaja el asueto cobra el pago doble del artículo 192.

Si un asueto cae en el día de descanso de la persona, tiene derecho solo al salario básico; si lo trabaja, cobra el pago del artículo 192 y un descanso compensatorio (art. 194).

En julio de 2026 el MTPS anunció más de 700 colaboradores verificando, durante las fiestas agostinas, el pago por trabajar asuetos y la entrega de propinas. En Semana Santa el Ministerio repitió el mensaje: trabajar un asueto debe ser por acuerdo y pagarse al doble.

Propinas y asientos

Dos obligaciones del artículo 29 que aplican directo al comercio y la restauración:

  • Numeral 14: las propinas que el cliente da voluntariamente por cualquier medio deben entregarse al trabajador en un plazo no mayor de 15 días, con un registro que el empleador está obligado a llevar y que supervisa la Inspección de Trabajo.
  • Numeral 7: mantener suficientes asientos o sillas para el personal en casas comerciales, oficinas, hoteles y restaurantes.

Tardanzas en tienda

En el comercio, cinco minutos tarde en la apertura significan una caja cerrada con fila. El Código no autoriza multas por tardanza; las sanciones se fijan en el reglamento interno, y el artículo 305 permite suspender hasta por un día por cada falta disciplinaria prevista en él. Además, quien no completa su semana laboral sin causa justificada pierde la remuneración del día de descanso (art. 171). Cómo documentarlo está en faltas y llegadas tarde.

Un reloj marcador por tienda

Con varias sucursales, el problema no es marcar sino consolidar. En Time Dalton cada tienda tiene un kiosko web en la tablet o computadora de caja: el personal marca con su número de colaborador o QR y una foto. Los supervisores de zona que visitan varias tiendas marcan desde la app con foto, prueba de vida y cotejo facial 1:1, y la geocerca de cada sucursal muestra dónde se marcó. Si el internet del local falla, las marcaciones se sincronizan después sin duplicarse.

El rol semanal define quién descansa qué día, el calendario de asuetos marca los días con pago doble y el sistema separa horas ordinarias, extras y nocturnas por persona. Time Dalton no calcula la planilla ni tiene nómina integrada en El Salvador: exporta los totales a Excel o por API. Estima el costo de las tardanzas con la calculadora de costo de tardanzas y ausentismo, revisa la página del reloj marcador en El Salvador o prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Una tienda puede abrir en día de asueto en El Salvador?

Ver

Sí, si el trabajo se acuerda con el personal. Quien trabaja el asueto cobra su salario ordinario más un recargo del 100 % (art. 192). Los establecimientos de artículos de primera necesidad pueden exigir personal, pero no después de las 12:00 (art. 193).

¿Cuál es el día de descanso en el comercio?

Ver

El artículo 173 fija el domingo, pero las empresas que por su actividad laboran normalmente en domingo pueden señalar otro día de descanso semanal a cada trabajador.

¿Cuánto se paga trabajar el día de descanso?

Ver

El salario básico de ese día más al menos 50 % por las horas trabajadas, y un día de descanso compensatorio remunerado en la misma semana o la siguiente (arts. 175 y 176).

¿En cuánto tiempo deben entregarse las propinas?

Ver

En un plazo no mayor de 15 días desde que se reciben, y el empleador debe llevar un registro que la Inspección de Trabajo puede supervisar (art. 29, numeral 14).

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

Para hacer la cuenta

Deja que la asistencia se calcule sola

Kiosko en tablet y app con foto, prueba de vida y geocerca; tardanzas, faltas y horas extra contra el turno de cada persona. Soporte 24/7 por WhatsApp: te respondemos en menos de 10 minutos.

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