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Reloj marcador con sedes en Guatemala, Xela, Escuintla y Mixco

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Guatemala

En resumen

Una empresa con sedes en la Ciudad de Guatemala y Mixco paga el salario mínimo de la circunscripción económica 1, y en Quetzaltenango o Escuintla el de la circunscripción 2: en 2026 la diferencia no agrícola es de Q185.38 al mes. Manda el lugar del centro de trabajo, cada municipio tiene su propio asueto por la festividad local y la Inspección actúa por delegación departamental, así que el reloj marcador debe configurarse por sede.

Una distribuidora con oficina central en la zona 9 de la capital, una bodega en Mixco, una sucursal en Quetzaltenango y otra en Escuintla parece una sola empresa para efectos de asistencia: mismo reglamento, mismos turnos, misma planilla. Pero el Código de Trabajo y el Acuerdo de salarios mínimos tratan distinto a cada sede en tres cosas: el salario mínimo, el asueto local y la autoridad que inspecciona. Si el reloj marcador no lo sabe, la planilla tampoco.

Dos circunscripciones, dos salarios mínimos

Desde el Acuerdo Gubernativo 285-2021 los salarios mínimos se fijan por circunscripción económica. El Acuerdo Gubernativo 256-2025, vigente desde el 1 de enero de 2026, las define así:

  • CE1: el departamento de Guatemala. Incluye la Ciudad de Guatemala, Mixco, Villa Nueva y los demás municipios del departamento.
  • CE2: todos los demás departamentos, entre ellos Quetzaltenango y Escuintla.
Actividad CE1 mensual CE2 mensual Diferencia al mes
No agrícola Q4,002.28 Q3,816.90 Q185.38
Agrícola Q3,791.20 Q3,625.89 Q165.31
Exportadora y de maquila Q3,409.73 Q3,221.10 Q188.63

A todas se suma la bonificación incentivo de Q250. En la actividad no agrícola, la diferencia entre la capital y Xela es de Q2,224.56 al año por persona en salario base, antes de prestaciones. Para las tablas completas y el valor diario, revisa la nota de salario mínimo 2026.

Qué mínimo aplica a cada persona

El artículo 8, literal c), del Acuerdo 256-2025 da tres reglas en orden:

  1. Manda el lugar donde está el centro de trabajo, según el acuerdo y el contrato.
  2. Si por la naturaleza del servicio no hay un centro de trabajo, manda el lugar donde habitualmente se presta el servicio.
  3. Si tampoco se puede determinar, el lugar donde reside el trabajador.

El caso difícil son los puestos que rotan: un supervisor regional que pasa tres días en Quetzaltenango y dos en la capital, o un vendedor que cubre Escuintla desde Mixco. El acuerdo no da una regla para el reparto de días entre circunscripciones; consulta con tu asesor laboral. Lo que sí ayuda es tener el registro de dónde marcó cada día, porque es la prueba del «lugar habitual».

El literal b) del mismo artículo pide algo que se olvida: los empleadores deben tener registros actualizados de su giro y de la ubicación de sus centros de trabajo.

Un asueto distinto en cada municipio

Los asuetos del artículo 127 son iguales en todo el país, con una excepción: el día de la festividad de la localidad. Cada municipio tiene el suyo, así que la sede de Quetzaltenango, la de Escuintla y la de Mixco descansan en fechas distintas, y la de la capital en otra.

Dos consecuencias prácticas:

  • Quien trabaja el día de la feria local de su sede tiene derecho a que ese tiempo se pague como extraordinario, además del salario del día (artículos 128 y 129).
  • El asueto es el de la sede, no el de la oficina central. Un colaborador de Escuintla no descansa el día de la feria de la capital, salvo que la empresa lo conceda.

Confirma cada año la fecha con la municipalidad, porque este artículo no la fija. El calendario completo de asuetos nacionales está en la nota de asuetos 2026 y 2027.

La inspección es departamental

La Inspección General de Trabajo trabaja por delegaciones departamentales: la Guía para el Trabajador (enero de 2026) menciona sedes en los departamentos, y el portal de denuncias SEICA da servicio a 22 delegaciones. Las multas las impone el Delegado Departamental (artículos 271 y 272) y se calculan con el salario mínimo no agrícola de la circunscripción del centro de trabajo (artículo 9 del Acuerdo 256-2025):

Infracción por jornadas o descansos (6 a 12 salarios) Rango
Sede en Mixco o la capital (CE1) Q24,013.68 a Q48,027.36
Sede en Xela o Escuintla (CE2) Q22,901.40 a Q45,802.80

Cada sede debe poder mostrar sus propios registros si llega un inspector de su departamento. El procedimiento completo está en la nota sobre la Inspección General de Trabajo.

Un solo reglamento, horarios por sede

Si la empresa tiene 10 o más trabajadores permanentes, debe tener reglamento interior de trabajo aprobado por la Inspección (artículos 58 y 59), y ese reglamento debe decir el lugar y el momento en que empiezan y terminan las jornadas (artículo 60, inciso b). Con varias sedes, lo práctico es un reglamento con un anexo de horarios por sede. El límite de 10 trabajadores también decide si llevas libro de salarios o planillas del IGSS (artículo 102).

Un punto a favor de las empresas con sedes en Guatemala: todo el país usa la misma hora (UTC−6), así que no hay husos horarios que cuadrar entre sucursales.

Lista de revisión por sede

  1. Circunscripción (CE1 o CE2) y actividad (agrícola, no agrícola o maquila) de la sede.
  2. Fecha de la festividad local del municipio, confirmada para el año.
  3. Horarios y turnos de la sede en el anexo del reglamento interior.
  4. Quién supervisa y aprueba las horas extra de esa sede.
  5. Qué personas rotan entre sedes y dónde está su lugar habitual de trabajo.

Cómo lo resuelve un reloj marcador multisede

Con Time Dalton cada sede es una ficha con su ubicación, su geocerca, sus turnos, su tolerancia y sus asuetos, incluida la festividad local del municipio. En cada sede hay un kiosko web en una tablet o una computadora donde el personal marca con su número o el QR del gafete y una foto; quien se mueve entre sedes marca con la app del colaborador, con foto y la geocerca de la sede donde está, y el sistema registra en cuál marcó. Si una sucursal se queda sin internet, el kiosko guarda las marcaciones y las sincroniza sin duplicar.

Los supervisores ven solo sus sedes, el panel muestra en tiempo real quién está en cada una y los reportes se filtran por sede o por colaborador. En Guatemala Time Dalton no calcula la planilla ni aplica el salario mínimo de cada circunscripción: exporta las horas y los días por sede a Excel o por API para tu sistema de nómina. Conoce el reloj marcador para Guatemala o prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Mixco paga el mismo salario mínimo que la Ciudad de Guatemala?

Ver

Sí. Mixco es un municipio del departamento de Guatemala, que forma la circunscripción económica 1 (CE1). En 2026 el mínimo no agrícola ahí es de Q4,002.28 al mes, según el Acuerdo Gubernativo 256-2025.

¿Qué salario mínimo se aplica en Quetzaltenango y Escuintla?

Ver

El de la circunscripción económica 2 (CE2), que comprende todos los departamentos excepto Guatemala. En 2026 el no agrícola es de Q3,816.90 al mes, más la bonificación incentivo de Q250.

¿Qué mínimo aplica a quien trabaja en dos sedes?

Ver

El Acuerdo 256-2025 dice que manda el lugar del centro de trabajo; si no se puede determinar, el lugar donde habitualmente presta el servicio, y si tampoco, donde reside. Para quien reparte su semana entre sedes de distinta circunscripción, consulta con tu asesor laboral.

¿Cada sede tiene un asueto distinto?

Ver

Sí, uno. El artículo 127 del Código de Trabajo incluye como asueto pagado el día de la festividad de la localidad, que cambia de un municipio a otro. Los demás asuetos son iguales en todo el país.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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