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Finiquito en México: cómo calcularlo con los días trabajados

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton México

En resumen

El finiquito es lo que se le debe a cualquier persona que deja la empresa, sin importar la causa: salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales con su prima vacacional y, en ciertos casos, la prima de antigüedad de 12 días por año. La liquidación agrega indemnizaciones cuando la separación es por despido. Todo parte de los días efectivamente trabajados.

Cuando alguien deja la empresa, el finiquito se convierte en la última conversación que tendrá con RR. HH. Si los números están claros, se firma y cada quien sigue su camino. Si no, es el inicio de una demanda. La Ley Federal del Trabajo (LFT) no tiene un artículo que se llame «finiquito»: el cálculo se arma con varias reglas, y casi todas dependen de cuántos días trabajó la persona.

Finiquito y liquidación no son lo mismo

  • Finiquito: lo que se debe a cualquier persona que termina su relación de trabajo, sin importar la causa: renuncia, fin de contrato, despido justificado o injustificado.
  • Liquidación: el finiquito más las indemnizaciones que proceden cuando el patrón despide sin causa justificada. La principal es la de tres meses de salario del artículo 48 de la LFT; según el caso puede haber otras. Ese cálculo depende de la causa de separación y de si hay juicio; consulta con tu asesor laboral.

En esta nota nos enfocamos en el finiquito, que es el que se calcula en casi todas las bajas.

Los conceptos del finiquito

Concepto Qué se paga Fundamento
Salarios devengados Días trabajados y no pagados hasta la fecha de baja, más horas extra pendientes LFT art. 33 (son irrenunciables)
Aguinaldo proporcional 15 días de salario (o lo que dé la empresa) en proporción a los días del año LFT art. 87
Vacaciones Las pendientes de años cumplidos y la parte proporcional del año en curso LFT arts. 76 y 79
Prima vacacional Al menos 25 % sobre el salario de las vacaciones que se pagan LFT art. 80
Prima de antigüedad 12 días de salario por año, sólo en ciertos casos LFT art. 162

Las vacaciones no pueden compensarse con dinero mientras dura la relación (art. 79), pero al terminarla se pagan las que no se disfrutaron y la parte proporcional del año en curso. La tabla de días por antigüedad está en vacaciones dignas en México.

¿Cuándo se paga la prima de antigüedad?

El artículo 162 la da a los trabajadores de planta:

  • a quienes renuncian, siempre que tengan al menos 15 años de servicio;
  • a quienes se separan por causa justificada;
  • a quienes son separados de su empleo, sea justificado o injustificado el despido;
  • a los beneficiarios, en caso de muerte, sin importar la antigüedad.

El salario base tiene tope: por remisión a los artículos 485 y 486, si el salario supera el doble del salario mínimo del área geográfica, se toma ese doble. Con el salario mínimo general de 2026 ($315.04), el tope es $630.08 diarios; en la Zona Libre de la Frontera Norte ($440.87), $881.74.

Ejemplo completo

Laura entró el 1 de febrero de 2023 y renuncia el 15 de octubre de 2026. Gana $500 diarios, su empresa da el mínimo de ley (15 días de aguinaldo y 25 % de prima vacacional) y ya disfrutó los 16 días de vacaciones que ganó al cumplir su tercer año. La quincena del 1 al 15 de octubre está pendiente de pago.

Concepto Cálculo Monto
Salario pendiente 15 días × $500 $7,500.00
Aguinaldo proporcional 288 días (1 ene a 15 oct) ÷ 365 × 15 = 11.84 días × $500 $5,917.81
Vacaciones proporcionales Cuarto año: 18 días × 257 ÷ 365 = 12.67 días × $500 $6,336.99
Prima vacacional 25 % × $6,336.99 $1,584.25
Prima de antigüedad Renuncia con menos de 15 años: no procede $0.00
Total bruto $21,339.05

Si en lugar de renunciar Laura fuera despedida, sí procedería la prima de antigüedad. Con 3 años y 257 días, el cálculo usual es 12 días × 3.70 años × $500 = $22,224.66; su salario está por debajo del tope de $630.08. A eso se sumarían las indemnizaciones si el despido es injustificado.

Observa que tres de los cuatro conceptos dependen de días: los pendientes de pago, los del año para el aguinaldo y los del año de servicio para las vacaciones. Un error de una semana en la fecha de ingreso o en las faltas registradas cambia el resultado.

Las faltas y las incapacidades en el finiquito

  • Salario pendiente: sólo se pagan los días trabajados y los descansos que correspondan; las faltas injustificadas del periodo no se pagan.
  • Aguinaldo proporcional: si se descuentan faltas o incapacidades es un tema con criterios distintos, que tratamos en la nota sobre aguinaldo, faltas e incapacidades.
  • Antigüedad: la incapacidad y la licencia de maternidad no interrumpen la antigüedad; el artículo 170, fracción VII, ordena computar los periodos pre y posnatales.

La firma: ratificación y nulidad

El artículo 33 de la LFT dice que es nula la renuncia de los trabajadores a los salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones, y que todo convenio o liquidación debe:

  • hacerse por escrito;
  • contener una relación circunstanciada de los hechos y de los derechos que comprende;
  • ratificarse ante el Centro de Conciliación o el Tribunal, que lo aprueba si no contiene renuncia de derechos.

Si se firma sin la autoridad, el trabajador puede reclamar la nulidad de lo que implique renuncia de derechos; el resto conserva su validez. Las acciones laborales prescriben, por regla general, en un año (art. 516).

ISR del finiquito

  • Aguinaldo: exento hasta 30 UMA y prima vacacional hasta 15 UMA por año (art. 93, fr. XIV, LISR), con la UMA 2026 de $117.31.
  • Prima de antigüedad e indemnizaciones: exentas hasta 90 veces el salario mínimo por cada año de servicio (art. 93, fr. XIII), que en la práctica se aplica como 90 UMA por año.
  • Salarios y vacaciones: se gravan normalmente.

El cálculo del impuesto debe revisarlo tu contador.

El registro que respalda el finiquito

Si hay desacuerdo, el artículo 784 pone en el patrón la carga de probar, entre otras cosas, la antigüedad, las faltas, la jornada y el pago de vacaciones y aguinaldo. Por eso conviene que el finiquito salga de registros hechos en su momento y no de memoria. Revisa en obligaciones del patrón con el registro de asistencia cuánto tiempo guardar esos controles después de la baja.

Con un reloj checador como Time Dalton tienes por cada colaborador sus marcaciones con foto y hora del servidor, sus faltas, tardanzas y ausencias justificadas, y una bitácora donde nada se edita en silencio. Al dar de baja a alguien, exportas su asistencia aprobada a Excel o por API para que tu sistema de nómina calcule el finiquito; Time Dalton no calcula la nómina mexicana. Para sumar horas pendientes, usa la calculadora de horas extra, y para ver el historial de un colaborador, prueba la demo.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el finiquito en México?

Ver

Los salarios devengados y no pagados, la parte proporcional del aguinaldo (artículo 87 de la LFT), las vacaciones pendientes y proporcionales (artículo 79) con su prima vacacional de al menos 25 % (artículo 80) y, cuando procede, la prima de antigüedad (artículo 162).

¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?

Ver

El finiquito se paga siempre que termina la relación. La liquidación es el finiquito más las indemnizaciones que corresponden cuando hay despido injustificado, como los tres meses de salario del artículo 48 de la LFT.

¿Si renuncio me pagan prima de antigüedad?

Ver

Sólo si tienes al menos 15 años de servicio. Si te despiden o te separas por causa justificada, se paga sin importar la antigüedad, según el artículo 162 de la LFT.

¿Tengo que firmar el finiquito ante una autoridad?

Ver

El artículo 33 de la LFT dice que todo convenio o liquidación debe hacerse por escrito, con una relación de hechos y derechos, y ratificarse ante el Centro de Conciliación o el Tribunal. Sin esa intervención, el trabajador puede pedir la nulidad de lo que implique renuncia de derechos.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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