Incapacidad del IHSS en Honduras: 3 días del patrono y 66 % desde el cuarto
Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Honduras
En resumen
Según el Reglamento de Incapacidad Temporal del IHSS, los tres primeros días de incapacidad corren por cuenta exclusiva del patrono y el Instituto paga un subsidio desde el cuarto día calendario, hasta un máximo de 365 días. El subsidio diario equivale al 66 % del salario base de referencia, con el techo del régimen, y el patrono paga la diferencia hasta completar el salario. Si el patrono está en mora con el IHSS, no hay subsidio y paga el salario completo.
Cuando un trabajador asegurado se enferma o se accidenta en Honduras, la primera pregunta de recursos humanos es quién paga cada día. La respuesta está en el Reglamento de Incapacidad Temporal del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), publicado en La Gaceta 35,267 del 29 de mayo de 2020: unos días los paga la empresa, otros el IHSS, y en algunos casos todo recae en el patrono. Aquí va el reparto, un ejemplo en lempiras y lo que conviene registrar.
El reparto: patrono los tres primeros días, IHSS desde el cuarto
El Reglamento establece tres reglas que ordenan todo lo demás:
| Periodo | Quién paga | Cuánto |
|---|---|---|
| Días 1, 2 y 3 | El patrono, por cuenta exclusiva | El salario |
| Desde el día 4 | El IHSS, como subsidio | 66 % del salario base mensual de referencia, con el techo del régimen |
| Desde el día 4 | El patrono | La diferencia hasta completar el salario total |
| Duración máxima | Hasta 365 días calendario |
El artículo 73 del Reglamento dice que el subsidio diario es igual al 66 % del salario base mensual de referencia, de acuerdo con el techo del régimen que corresponda, y que el patrono paga la diferencia hasta completar el salario total que devenga el trabajador. Los techos de cotización vigentes en 2026 no los pudimos confirmar en una fuente oficial: si el salario de la persona supera el techo, el subsidio se calcula sobre el techo y no sobre el salario, así que consulta el dato con el IHSS o con tu asesor laboral.
Ejemplo en lempiras
Una empleada de una tienda con 80 trabajadores gana el mínimo de comercio para empresas de 51 a 150 trabajadores: L16,472.88 al mes, L549.10 al día según la tabla oficial de 2026. Recibe una incapacidad de 10 días, y suponemos que su salario está por debajo del techo del IHSS.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Días 1 a 3, a cargo del patrono | 3 × L549.10 | L1,647.30 |
| Subsidio diario del IHSS | L549.10 × 66 % | L362.41 |
| Subsidio de los días 4 a 10 | 7 × L362.41 | L2,536.87 |
| Diferencia diaria a cargo del patrono | L549.10 − L362.41 | L186.69 |
| Diferencia de los días 4 a 10 | 7 × L186.69 | L1,306.83 |
En total, la trabajadora recibe sus diez días completos (L5,491.00): L2,954.13 los pone la empresa y L2,536.87 el IHSS. Si la empresa estuviera en mora con el Instituto, pagaría los L5,491.00 completos.
Cuando el IHSS no paga
El Reglamento enumera casos en que no se concede el subsidio, aunque la persona tenga la incapacidad:
- Mora patronal. Si al emitirse el certificado el patrono está en mora con sus obligaciones obrero-patronales, el IHSS no paga y el patrono debe pagar el salario completo (artículo 75).
- Certificados anulados por irregularidades comprobadas en su emisión o contenido.
- Lesiones provocadas intencionalmente por el asegurado o a instigación suya.
- Accidentes en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas tomadas sin indicación médica.
- Días duplicados o traslapados entre dos certificados.
Las incapacidades emitidas por médicos fuera del IHSS pasan por un trámite de refrendo para que el Instituto pague el subsidio. Los plazos y requisitos del refrendo los fija el mismo Reglamento; revisa el texto o consulta con el IHSS antes de dar por perdido un certificado externo.
Qué dice el Código del Trabajo
El Código trata la enfermedad como una causa de suspensión del contrato, no de terminación (artículo 100, inciso 7). El artículo 104 da hasta seis meses de suspensión por enfermedad no profesional y fija pagos de medio salario por uno, dos o tres meses según la antigüedad, pero aclara que eso aplica salvo que se trate de un caso protegido por la ley de seguridad social. Con un trabajador asegurado, manda el régimen del IHSS.
El artículo 105 permite al patrono, pasados esos seis meses, terminar el contrato pagando preaviso, cesantía y demás indemnizaciones. Cómo se combina ese plazo con los 365 días de subsidio del IHSS no está resuelto en los textos que revisamos: antes de terminar un contrato por una incapacidad larga, consulta con tu asesor laboral.
Además, el artículo 123 dice que la continuidad del trabajo no se interrumpe por enfermedad. Los días de incapacidad cuentan como antigüedad para vacaciones, cesantía y preaviso.
Incapacidad, faltas y asistencia
Una incapacidad no es una falta injustificada. En el control de asistencia tiene que quedar registrada como ausencia justificada, con su certificado, para que no dispare descuentos ni cuente para el artículo 112, que permite despedir por dos días completos y consecutivos o tres días hábiles en un mes sin permiso o causa justificada. Lo explicamos en la nota sobre faltas y llegadas tarde.
Para la maternidad el IHSS emite un certificado de 42 días antes y 42 días después del parto, con sus propias reglas, que detallamos en la nota sobre maternidad y lactancia. Las cotizaciones que financian estos subsidios están en la nota sobre el IHSS y la Ley Marco.
Qué registrar en cada incapacidad
- Fecha de inicio y de fin del certificado, y el número de días calendario.
- Quién lo emitió: médico del IHSS o externo, para saber si requiere refrendo.
- Los tres primeros días, que van a la planilla como salario a cargo de la empresa.
- La diferencia entre el subsidio y el salario desde el cuarto día.
- La constancia de que la empresa está al día con el IHSS, porque la mora traslada todo el costo al patrono.
Si llevas el costo del ausentismo por área, la calculadora de costo de tardanzas y ausentismo te ayuda a medir cuánto pesan estos días.
Cómo lo resuelve un sistema de asistencia
En Time Dalton registras la incapacidad como incidencia con sus fechas y motivo, y el sistema deja de marcar falta esos días en el reporte de la persona. El personal marca en un reloj marcador de kiosko web, en tablet o computadora por sede, con su número o el QR del gafete y una foto, o desde la app del colaborador con prueba de vida y cotejo facial 1:1, también sin conexión. El reporte de ausencias por tipo se exporta a Excel o por API.
Time Dalton no calcula la planilla hondureña ni el subsidio del IHSS: en Honduras no tiene nómina integrada, así que los días y montos los liquida tu sistema de planilla con los datos exportados. Conoce el reloj marcador para Honduras o prueba la demo.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los primeros días de incapacidad en Honduras?
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El patrono. El Reglamento de Incapacidad Temporal del IHSS dice que el salario de los tres primeros días corre por cuenta exclusiva del patrono, y que el Instituto paga el subsidio desde el cuarto día calendario.
¿Cuánto paga el IHSS por incapacidad?
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Un subsidio diario igual al 66 % del salario base mensual de referencia, de acuerdo con el techo del régimen que corresponda (artículo 73 del Reglamento). El patrono paga la diferencia hasta completar el salario total.
¿Cuánto tiempo puede durar el subsidio por incapacidad?
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Mientras dure la incapacidad, hasta un máximo de 365 días calendario, según el mismo Reglamento.
¿Qué pasa si la empresa está en mora con el IHSS?
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El IHSS no paga el subsidio y el patrono debe pagar al trabajador su salario completo, sin perjuicio de sus otras responsabilidades con el Instituto (artículo 75 del Reglamento).
Fuentes oficiales
- Reglamento de Incapacidad Temporal del Instituto Hondureño de Seguridad Social (La Gaceta 35,267, 29-05-2020)
- Código del Trabajo y sus reformas, Decreto 189-59, arts. 100, 104, 105 y 123 (Secretaría de Trabajo y Seguridad Social)
- Tabla de salario mínimo vigente a partir del 1 de enero de 2026, Acuerdo SETRASS-233-2026 (Secretaría de Trabajo y Seguridad Social)
Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.
Para hacer la cuenta
- Calculadora de horas trabajadas · Entrada, salida y descanso de cada día; suma la semana en horas y minutos y en horas decimales.
- Convertidor de minutos a horas decimales · De 7 h 45 min a 7.75 h y de 7.75 h a 7 h 45 min, con la tabla de los 60 minutos.
- Reloj marcador para empresas en Honduras · zonas horarias, nómina y datos personales del país