Vacaciones en Panamá: 30 días por cada 11 meses y cómo se pagan
Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Panamá
En resumen
En Panamá, todo trabajador gana 30 días de vacaciones por cada 11 meses continuos de trabajo, a razón de un día por cada 11 días de servicio (art. 54 del Código de Trabajo). Se pagan con tres días de anticipación: un mes de salario si se cobra por mes, o el promedio de los últimos 11 meses si hay pagos variables y resulta más favorable. Si la relación termina antes, se pagan las vacaciones proporcionales.
Las vacaciones son la prestación que más saldos mal llevados acumula en Panamá. Pasa en empresas que las controlan en una hoja de cálculo: alguien tomó cinco días en abril, otros diez en agosto, la persona tuvo una licencia sin sueldo en medio, y a la hora de la liquidación nadie sabe cuántos días se deben. El Código de Trabajo tiene reglas claras para el cálculo; el problema casi siempre es el registro. Aquí van las reglas y ejemplos en balboas.
¿Cuántos días de vacaciones se ganan?
El artículo 54, numeral 1, del Código de Trabajo dice: treinta días por cada once meses continuos de trabajo, a razón de un día por cada once días al servicio del empleador. El derecho existe aunque el contrato no exija trabajar todas las horas de la jornada ni todos los días de la semana (art. 53), así que también lo tiene el personal de medio tiempo.
Para contar los once meses, el numeral 4 incluye como tiempo servido:
- Los descansos semanales y los días de fiesta o duelo nacional.
- Las licencias por enfermedad dentro de los límites del artículo 200 (el fondo de 144 horas al año que explicamos en la nota sobre incapacidad y CSS).
- Los casos del artículo 208 y otras interrupciones autorizadas expresamente por el empleador.
Una licencia sin sueldo que no esté en esa lista no cuenta como tiempo servido, así que alarga el ciclo para llegar a los once meses.
¿Cuánto se paga?
El numeral 2 distingue según cómo se pactó el salario:
| Forma de pago | Lo que se paga por los 30 días |
|---|---|
| Salario mensual | Un mes de salario |
| Salario semanal | Cuatro semanas y un tercio |
| Con primas, comisiones u otras sumas variables, o con aumento reciente | El promedio de salarios ordinarios y extraordinarios de los últimos 11 meses, o el último salario base, lo que sea más favorable |
| Por hora o por día (numeral 3) | Total de lo devengado en 11 meses ÷ jornadas servidas × días de vacaciones; si el salario base del último mes es mayor, se paga con ese |
Ejemplo con salario fijo: una analista gana B/. 900.00 al mes. Sus vacaciones valen B/. 900.00.
Ejemplo con variables: un vendedor tiene un salario base de B/. 900.00 y en los últimos once meses devengó B/. 11,330.00 entre salario, comisiones y horas extra. El promedio mensual es B/. 11,330.00 ÷ 11 = B/. 1,030.00. Como es mayor que el salario base, sus vacaciones se pagan con B/. 1,030.00.
Ejemplo por día: una persona que cobra por día devengó B/. 7,920.00 en 264 jornadas servidas. Su promedio diario es B/. 30.00, y sus 30 días de vacaciones valen 30 × B/. 30.00 = B/. 900.00, salvo que su salario base del último mes dé un monto mayor.
El dinero se entrega con tres días de anticipación al inicio del descanso (numeral 5). Si parte del salario se paga en especie, a la remuneración de las vacaciones se le suma ese pago o su equivalente en dinero (art. 54-A).
Para la CSS, las vacaciones, incluidas las proporcionales y las vencidas, forman parte del salario sobre el que se cotiza (art. 91 de la Ley 51, reformado por la Ley 462 de 2025). Las vacaciones proporcionales también entran en la base del décimo tercer mes cuando se liquida.
¿Quién decide cuándo se toman?
El empleador señala la fecha con dos meses de antelación, procurando conciliar los intereses de la empresa y los del trabajador (art. 57). No puede fijar el goce más de tres meses después de la fecha en que se adquirió el derecho, salvo con mediación de los funcionarios de trabajo y anuencia expresa del trabajador. Si trabajan dos miembros de una familia en la empresa, a petición de parte se procura que coincidan (art. 58).
Otras reglas que conviene tener a mano:
- Sin interrupciones. Las vacaciones se gozan seguidas. Solo se dividen en dos fracciones iguales como máximo si lo permite una convención colectiva y hay acuerdo en cada ocasión (art. 56).
- No se cambian por dinero. No se permite renunciar a ellas a cambio de una compensación (art. 59).
- Acumulación limitada. Se pueden acumular hasta dos períodos por acuerdo notificado a la autoridad de trabajo, que puede prohibirlo dentro de 20 días. En ese caso, el primer período debe tener al menos 15 días de descanso remunerado.
- Nada de sanciones durante el descanso. Mientras el trabajador está de vacaciones, el empleador no puede iniciar ni comunicarle medidas o sanciones, bajo pena de nulidad (art. 60).
- Hospitalización. Si se hospitaliza durante las vacaciones y avisa dentro de los cinco días siguientes, ese tiempo y la incapacidad posterior se imputan a la licencia por enfermedad y las vacaciones se corren (art. 55).
- Multas. La violación de estas reglas se sanciona con multas de B/. 25 a B/. 250 (art. 61).
Vacaciones proporcionales
Si la relación termina antes de completar los once meses, se pagan en efectivo los días proporcionales, a razón de un día por cada once días de trabajo (art. 54, numeral 6).
Ejemplo: una colaboradora con salario de B/. 900.00 sale después de 165 días desde su último ciclo completo. Le corresponden 165 ÷ 11 = 15 días. Con un valor diario de B/. 900.00 ÷ 30 = B/. 30.00, recibe B/. 450.00.
Las vacaciones vencidas que no se gozaron se pagan completas. Ambas forman parte de los derechos adquiridos de la liquidación, junto con el décimo proporcional y, en contratos indefinidos, la prima de antigüedad.
Cómo llevar el saldo sin pleitos
- Un saldo por persona, con fecha de ingreso, ciclos completos, días gozados, días pagados y suspensiones sin goce.
- Un saldo inicial firmado si migras desde Excel: lo que la persona traía a una fecha de corte, para no reconstruir años de historia.
- Solicitudes con fecha futura comprometidas, para que nadie apruebe días que ya están reservados.
- El aviso de dos meses como parte del flujo: si la fecha la decide la empresa, que quede registrada cuándo se comunicó.
Si vienes de una hoja de cálculo, la guía para pasar del Excel a un sistema de asistencia explica cómo hacer el corte.
Cómo lo resuelve un sistema de asistencia
En Panamá, Time Dalton calcula el saldo de vacaciones de cada persona con la regla del artículo 54: 30 días por cada ciclo de 11 meses, un día por cada 11 servidos en el ciclo en curso, y las suspensiones sin goce alargan el ciclo. Lleva un libro con lo gozado, lo comprometido y lo pagado, permite cargar un saldo inicial a una fecha de corte con motivo, y calcula el valor diario con el salario o con el promedio de 11 meses de planillas publicadas, el que sea más favorable. Las solicitudes se piden desde la app y, si dejan el saldo en negativo, solo RR. HH. puede confirmarlas con motivo.
Las vacaciones pagadas entran en la planilla con CSS, Seguro Educativo, ISR, SIPE, Planilla 03 y ACH, y en la liquidación como vacaciones no gozadas. Conoce el reloj marcador en Panamá o prueba la demo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones corresponden en Panamá?
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Treinta días por cada once meses continuos de trabajo, a razón de un día por cada once días al servicio del empleador (art. 54, numeral 1, del Código de Trabajo).
¿Cómo se pagan las vacaciones si el salario tiene comisiones u horas extra?
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Se paga el promedio de los salarios ordinarios y extraordinarios de los últimos once meses o el último salario base, lo que sea más favorable para el trabajador (art. 54, numeral 2).
¿Cuándo se deben pagar las vacaciones?
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Con tres días de anticipación a la fecha en que el trabajador empieza su descanso (art. 54, numeral 5).
¿Se pueden dividir o acumular las vacaciones?
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Solo se pueden dividir en dos fracciones iguales si lo permite una convención colectiva y hay acuerdo en cada ocasión (art. 56). Se pueden acumular hasta dos períodos por acuerdo notificado a la autoridad de trabajo, con un descanso mínimo de 15 días en el primero (art. 59).
¿Qué pasa con las vacaciones si el trabajador renuncia?
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Se le pagan en efectivo las vacaciones proporcionales: un día por cada once días trabajados desde su último período completo (art. 54, numeral 6).
Fuentes oficiales
- Código de Trabajo de Panamá, arts. 52 a 61 (compilación MITRADEL/OIT publicada por el Órgano Judicial)
- Boletín de prestaciones laborales: décimo tercer mes, vacaciones y prima de antigüedad (MITRADEL)
- Ley 462 de 18 de marzo de 2025, art. 77 que reforma el art. 91 de la Ley 51 de 2005 (Gaceta Oficial 30238)
Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.
Para hacer la cuenta
- Calculadora de horas trabajadas · Entrada, salida y descanso de cada día; suma la semana en horas y minutos y en horas decimales.
- Convertidor de minutos a horas decimales · De 7 h 45 min a 7.75 h y de 7.75 h a 7 h 45 min, con la tabla de los 60 minutos.
- Reloj marcador para empresas en Panamá · zonas horarias, nómina y datos personales del país