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Checar por otro en México: sanciones y cómo evitarlo

Publicado el Revisado el 7 min de lectura Por Equipo Time Dalton México

En resumen

Checar por otro es registrar la entrada o la salida de un compañero que no está presente. En México suele encuadrarse como falta de probidad u honradez (artículo 47, fracción II, de la LFT), pero para rescindir sin responsabilidad el patrón debe probarlo y dar aviso escrito. Lo más eficaz es evitarlo con foto, prueba de vida, cotejo 1:1 y ubicación en cada marcación.

Checar por otro es registrar la entrada o la salida de un compañero ausente con su tarjeta, número o PIN. En México puede justificar la rescisión como falta de probidad u honradez (artículo 47, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo), si el patrón lo prueba. Lo más rentable es impedirlo desde el reloj checador.

Es una práctica tan extendida que tiene nombre propio en cada oficina: «el amigo que te checa». Esta guía explica qué sanciones caben según la LFT, qué pruebas necesitas y cómo cerrarle la puerta sin convertir la empresa en un lugar de vigilancia. Revisado al 12 de octubre de 2026.

¿Qué es checar por otro y por qué importa?

Es un fraude en el registro de asistencia: el sistema dice que una persona llegó a las 8:00 cuando llegó a las 9:15, o que salió a las 18:00 cuando se fue a las 16:00. Tiene tres efectos:

  • Pagas tiempo que no se trabajó, y a veces horas extra que no existieron.
  • Pierdes credibilidad en tus registros. Si un día hay un juicio, cualquier marcación se puede poner en duda.
  • Castigas a quien sí cumple, porque la puntualidad deja de importar.

En la LFT, el patrón tiene la carga de probar las faltas de asistencia y la jornada cuando hay controversia (artículo 784, fracciones III y VIII), y debe conservar los controles de asistencia que lleve (artículo 804). Un registro en el que cualquiera marca por cualquiera no ayuda a probar nada.

¿Es causa de despido checar por otro?

La LFT no menciona la conducta por nombre. Lo que dice el artículo 47 es que son causas de rescisión sin responsabilidad para el patrón, entre otras:

Fracción Causa Cómo se relaciona
II Incurrir, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez Es donde suele encuadrarse checar por otro y dejarse checar
X Más de tres faltas de asistencia en treinta días, sin permiso o causa justificada Si la marcación falsa ocultaba faltas reales
XI Desobedecer al patrón, sin causa justificada, en lo relativo al trabajo contratado Si había una instrucción clara y conocida
XV Las análogas, igual de graves y de consecuencias semejantes Para conductas que no caben en las anteriores

Que la conducta encaje no basta. La rescisión exige:

  1. Aviso escrito que diga claramente la conducta y la fecha o fechas en que ocurrió.
  2. Entregarlo personalmente en el momento del despido o comunicarlo al tribunal dentro de los cinco días hábiles siguientes.
  3. Probarlo: la falta de aviso, por sí sola, presume que la separación fue injustificada.

Ambas personas pueden estar en falta: quien marcó por otro y quien se dejó marcar. Si cada una merece rescisión o una sanción menor depende de los hechos, de tus antecedentes y del criterio del tribunal; revísalo con tu asesor laboral antes de actuar. Las reglas del despido por faltas están en despido por faltas: artículo 47, fracción X.

¿Qué sanciones caben sin llegar al despido?

Para una primera vez o un caso dudoso, muchas empresas prefieren una sanción proporcional. La LFT pone dos límites claros:

  • No hay multas. El artículo 107 prohíbe imponer multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa. Descontar «la hora que robó» como castigo no está permitido; sólo se deja de pagar el tiempo que no se trabajó.
  • La suspensión máxima es de ocho días, y sólo si está prevista en el reglamento interior de trabajo, con derecho a ser escuchado antes (artículo 423, fracción X).

Por eso conviene que tu reglamento interior y tu política de asistencia digan expresamente que marcar por otro, o permitir que te marquen, es una falta, y qué consecuencia tiene. Si aún no tienes una política escrita, revisa cómo redactar la política de asistencia y puntualidad.

¿Qué pruebas necesitas?

Antes de sancionar, documenta. La evidencia que suele pesar:

  • La marcación misma: hora del servidor, sede, y si la hay, foto y ubicación.
  • Lo que contradice la marcación: cámaras del local, bitácora del vigilante, testimonio del supervisor, ticket del estacionamiento.
  • El acta administrativa, levantada con la persona, dos testigos y su versión de los hechos. Cómo hacerla está en acta administrativa por faltas o retardos.

Un reloj que guarda la foto de cada marcación cambia el caso: ya no discutes si la persona estaba, sino quién aparece en la foto.

¿Cómo evitar que alguien cheque por otro?

Cada método de marcación prueba algo distinto. La tarjeta prueba que alguien la tenía; el PIN, que alguien lo conocía. Ninguno prueba que la persona estuviera ahí. Lo que funciona es combinar capas:

  1. Identificación: número de colaborador, QR del gafete o gafete NFC.
  2. Foto en cada marcación, que por sí sola desanima a la mayoría.
  3. Prueba de vida: el dispositivo pide parpadear y sonreír, para que no pase una foto de una foto.
  4. Cotejo facial 1:1 contra la foto de referencia de ese número, con revisión humana de los casos dudosos.
  5. Ubicación: geocerca de la sede o red autorizada, para quien marca desde el celular.

La comparativa completa de métodos, con sus puntos débiles, está en cómo evitar que un compañero marque por otro.

¿Y los datos biométricos?

La foto que se usa para cotejar el rostro es un dato biométrico. La LFPDPPP exige consentimiento expreso y por escrito para tratar datos personales sensibles (artículo 8). Antes de activar el cotejo, prepara tu aviso de privacidad y recaba el consentimiento de cada persona.

Señales de que en tu empresa se checa por otro

No necesitas acusar a nadie para saber si el problema existe. Estas señales, revisadas en un mes de registros, suelen bastar:

  • Entradas en ráfaga: varias personas registradas en el mismo minuto, siempre las mismas, siempre en la misma sede.
  • Puntualidad perfecta con tráfico real: alguien que nunca llega tarde, pero a quien el supervisor ve entrar después de la junta de las 8:00.
  • Muchas correcciones manuales hechas por el mismo supervisor, sin motivo escrito.
  • Horas extra sin producción: horas registradas en turnos donde el área no tenía carga de trabajo.
  • Diferencias con otros registros: el control de acceso del edificio, las cámaras o la bitácora del vigilante dicen otra hora.

Si encuentras un patrón, no sanciones de inmediato. Primero cambia el método de marcación y observa si las señales desaparecen. Si desaparecen, el problema estaba en el método; si persisten, ya tienes con qué abrir una investigación formal.

Cómo lo resuelve Time Dalton

Time Dalton es un software de reloj checador y control de asistencia en la nube para empresas de México y Latinoamérica. Toma una foto en cada marcación, en el kiosko de la sede o en la app del colaborador. En el plan Profesional suma prueba de vida, cotejo facial 1:1 en el servidor con umbrales configurables y geocercas por sede; lo dudoso llega a una bandeja donde RR. HH. ve la foto junto a la de referencia y decide.

Time Dalton no identifica a nadie sólo con la cara: primero la persona teclea su número o acerca su QR, y luego se compara. Las marcaciones no se editan ni se borran; se anulan o agregan con motivo y quedan en una bitácora de sólo agregar. Eso te da la evidencia para el acta.

Qué hacer esta semana

Revisa en tu registro actual cuántas entradas del último mes coinciden al minuto con la de otra persona en la misma sede. No es prueba de nada, pero te dice dónde mirar. Calcula cuánto te cuestan esos minutos con la calculadora de costo de tardanzas y ausentismo y prueba la demo para ver la bandeja de revisión con fotos.

Preguntas frecuentes

¿Checar por otro es causa de despido en México?

Ver

Puede serlo. La práctica suele encuadrarse en la falta de probidad u honradez del artículo 47, fracción II, de la LFT, pero cada caso depende de la prueba y del criterio del tribunal. Antes de rescindir, revisa el caso con tu asesor laboral.

¿Puedo multar al empleado que checó por otro?

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No. El artículo 107 de la LFT prohíbe imponer multas a los trabajadores por cualquier causa. Lo que sí cabe, si está en el reglamento interior de trabajo, es una suspensión de hasta ocho días después de escuchar a la persona (artículo 423, fracción X).

¿Qué pruebas necesito para sancionar a quien checó por otro?

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Evidencia de que la persona registrada no estaba y de quién hizo la marcación: foto de la marcación, hora del servidor, ubicación, testigos y el acta administrativa. Si despides, el aviso escrito debe decir la conducta y las fechas (artículo 47).

¿Un reloj checador de huella evita que alguien cheque por otro?

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Lo reduce, pero muchos equipos permiten marcar con PIN cuando la huella no se lee, y la huella es un dato sensible que exige consentimiento expreso y por escrito (artículo 8 de la LFPDPPP). La foto con prueba de vida y cotejo 1:1 deja además una evidencia que se puede revisar.

Fuentes oficiales

Revisado el 12/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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