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Horas extra en Perú: sobretasas del 25 % y 35 % y cómo calcularlas

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Perú

En resumen

En Perú el sobretiempo se paga con una sobretasa mínima del 25 % por hora en las dos primeras horas y del 35 % en las siguientes, calculada sobre el valor hora del trabajador (artículo 10 del TUO, DS 007-2002-TR). Es voluntario, se cuenta sobre el exceso de la jornada diaria, puede compensarse con descanso por acuerdo escrito y el empleador debe registrarlo.

El sobretiempo es la parte de la planilla donde más reclamos se acumulan, porque depende de minutos que nadie anotó. La regla de pago en el Perú está en el artículo 10 del TUO de la Ley de Jornada de Trabajo (Decreto Supremo N.° 007-2002-TR) y se aplica con su reglamento, el DS 008-2002-TR. Aquí va el cálculo con ejemplos y lo que conviene registrar.

¿Qué es sobretiempo?

Es el tiempo trabajado que excede la jornada diaria o semanal (artículo 10 del TUO). Puede ocurrir antes de la hora de ingreso o después de la salida. Tres precisiones del reglamento:

  • Tiene que ser trabajo efectivo en beneficio del empleador. Quedarse en el local para actividades distintas no es sobretiempo (artículo 18).
  • Cuenta también en jornadas reducidas: lo que exceda la jornada ordinaria vigente en el centro de trabajo es sobretiempo, aunque esa jornada sea menor a 8 horas (artículo 20).
  • Se mide por día: el DS 012-2002-TR precisó que la cantidad de horas extra, para aplicar las sobretasas, se calcula sobre lo que exceda la jornada diaria.

Si quieres repasar los límites de 8 y 48 horas y las jornadas compensatorias, revisa la nota sobre la jornada laboral en Perú.

¿Cuánto se paga? Las sobretasas del 25 % y 35 %

El recargo es «a convenir», pero con un piso:

Horas extra del día Sobretasa mínima Factor sobre el valor hora
Primera y segunda 25 % 1.25
Tercera en adelante 35 % 1.35

Si el sobretiempo es menor a una hora, se paga la parte proporcional del recargo. La base es la remuneración ordinaria: lo que el trabajador percibe semanal, quincenal o mensualmente, en dinero o en especie, incluida la alimentación principal; no entran las remuneraciones variables o imprecisas ni las de otra periodicidad (artículo 11 del TUO).

El valor hora

El artículo 12 del TUO dice que el valor hora es la remuneración de un día dividida entre las horas de la jornada del trabajador. La guía del MTPE lo calcula así: sueldo mensual ÷ 30 ÷ 8.

Ejemplo con números

Una analista de almacén gana S/ 2,400 al mes y su jornada es de 8 horas diarias.

  • Valor hora: 2,400 ÷ 30 ÷ 8 = S/ 10.00.
  • Hora extra al 25 %: 10.00 × 1.25 = S/ 12.50.
  • Hora extra al 35 %: 10.00 × 1.35 = S/ 13.50.

Su semana fue así:

Día Horas sobre la jornada Cálculo Monto
Lunes 1 h 30 min 1.5 × 12.50 S/ 18.75
Miércoles 3 h 2 × 12.50 + 1 × 13.50 S/ 38.50
Viernes 0 h 40 min 0.6667 × 12.50 S/ 8.33
Total 5 h 10 min S/ 65.58

El miércoles la tercera hora sube al 35 % porque las sobretasas se aplican por día. Si las 5 h 10 min se hubieran sumado como un bloque semanal, el cálculo saldría distinto y mal. Para pasar los 40 minutos a decimales sin errores, usa la calculadora de minutos a horas decimales, y para la semana completa la calculadora de horas extra.

Si el sobretiempo se hace antes o después de una jornada nocturna, el valor de la hora extra se calcula sobre la remuneración de la jornada nocturna (artículo 10 del TUO y artículo 23 del reglamento); el detalle está en la nota sobre trabajo nocturno.

Voluntario, salvo fuerza mayor

El artículo 9 del TUO establece que el sobretiempo es voluntario tanto para quien lo pide como para quien lo trabaja. Nadie puede ser obligado, salvo cuando la labor resulte indispensable por un hecho fortuito o de fuerza mayor que ponga en peligro inminente a las personas, los bienes del centro de trabajo o la continuidad de la actividad productiva. El reglamento define esos hechos como inevitables, imprevisibles e irresistibles, y en ese caso el sobretiempo es obligatorio y se paga con la misma sobretasa (artículo 19).

Fuera de esa excepción:

  • Imponer horas extra es infracción administrativa y, además, el empleador debe pagar al trabajador una indemnización equivalente al 100 % del valor de la hora extra si este demuestra que se la impusieron.
  • El sobretiempo tácito se paga. Si se acredita que hubo trabajo en sobretiempo sin orden expresa, se entiende autorizado de forma tácita y procede el pago (artículo 9 del TUO y artículo 22 del reglamento).

Esto se cruza con la presunción del artículo 7 del DS 004-2006-TR: si alguien permanece en el centro de trabajo antes o después de su horario, se presume sobretiempo salvo prueba en contrario. Lo explicamos en la nota sobre el registro de control de asistencia.

Compensar con descanso y fecha de pago

El empleador y el trabajador pueden acordar compensar el sobretiempo con períodos equivalentes de descanso (artículo 10 del TUO). El artículo 26 del reglamento pide que el acuerdo conste por escrito y que la compensación se haga dentro del mes calendario siguiente, salvo pacto en contrario. Ejemplo: las 5 h 10 min de la semana anterior se pueden devolver como una tarde libre de 5 h 10 min en el mes siguiente. Si quieres llevar este saldo de forma ordenada, mira cómo funciona un banco de horas.

Si no se compensa, el pago va junto con la remuneración ordinaria del período (artículo 25 del reglamento). El trabajo en el día de descanso semanal o en feriado no se rige por estas sobretasas, sino por el Decreto Legislativo 713.

El registro del sobretiempo

El artículo 10-A del TUO obliga a registrar el sobretiempo con medios técnicos o manuales seguros y confiables, y aclara que una deficiencia en el registro no impide el pago si el trabajador prueba por otros medios que lo trabajó. El reglamento menciona como medios las planillas, las boletas de pago u otros medios idóneos (artículo 27).

En la inspección, el numeral 25.6 del RLGIT (DS 019-2006-TR) califica como muy grave el incumplimiento de las normas sobre sobretiempo, y el artículo 10 del TUO también considera infracción la falta de pago. El monto se calcula en UIT según el tamaño de la empresa y los trabajadores afectados; para tu caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

Cómo lo resuelve un sistema de control de asistencia

En Time Dalton el sobretiempo sale de las marcaciones, no de una hoja aparte:

  • Cálculo por día: el sistema compara la marcación con el turno y separa el tiempo antes de la entrada y después de la salida.
  • Aprobación con segunda firma: las horas quedan pendientes hasta que un supervisor las aprueba; quien prepara no aprueba.
  • Tope configurable: avisa cuando alguien se acerca al límite que fijaste y deja constancia de cuánto se pasó.
  • Bitácora que no se edita: las marcaciones se anulan o se agregan con motivo, nunca se borran.
  • Exportación a Excel o por API con las horas por trabajador y por tramo, para tu planilla. Time Dalton no calcula la planilla peruana ni emite boletas.

Mira la página de control de asistencia en Perú o prueba la demo para ver cómo quedan las horas extra de una semana.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga la hora extra en Perú?

Ver

Las dos primeras horas extra del día con una sobretasa no menor al 25 % del valor hora, y las siguientes con no menos del 35 %. Con un valor hora de S/ 10.00, la primera y la segunda valen S/ 12.50 y la tercera S/ 13.50.

¿Cómo se calcula el valor hora?

Ver

Es la remuneración de un día dividida entre las horas de la jornada del trabajador (artículo 12 del TUO). En la guía del MTPE: sueldo mensual entre 30 y entre 8 horas.

¿Es obligatorio hacer horas extra?

Ver

No. El sobretiempo es voluntario para ambas partes, salvo caso fortuito o fuerza mayor que ponga en peligro inminente a las personas, los bienes o la continuidad de la actividad. Imponerlo obliga a pagar una indemnización del 100 % del valor de la hora extra.

¿Se pueden cambiar las horas extra por descanso?

Ver

Sí, por acuerdo escrito, con períodos equivalentes de descanso dentro del mes calendario siguiente, salvo pacto en contrario (artículo 26 del DS 008-2002-TR).

¿Cuándo se pagan las horas extra?

Ver

Junto con la remuneración ordinaria del período en que se trabajaron, según el artículo 25 del reglamento.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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