Multas de SUNAFIL en 2026: cómo se calculan en UIT y en soles
Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Perú
En resumen
Las multas de SUNAFIL se fijan en UIT según tres datos: la gravedad de la infracción, el tamaño de la empresa (micro, pequeña o no MYPE) y el número de trabajadores afectados (art. 48 del RLGIT). Con la UIT de 2026 en S/ 5,500, no tener el registro de control de asistencia, una infracción muy grave, va desde S/ 1,265 en una microempresa con un afectado hasta más de S/ 288,000 en una empresa no MYPE con mil afectados o más.
Cuando una inspección de SUNAFIL termina en acta de infracción, la primera pregunta es cuánto va a costar. La respuesta no es un monto fijo: depende de la gravedad de la falta, del tamaño de la empresa y de cuántos trabajadores resultaron afectados. Esta nota explica la tabla del artículo 48 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (RLGIT) y la convierte a soles con la UIT de 2026.
La UIT y los topes de la ley
La Unidad Impositiva Tributaria de 2026 es de S/ 5,500 (Decreto Supremo N.° 301-2025-EF, según la tabla de SUNAT). Las multas laborales se expresan en UIT, así que cambian cada año aunque la tabla no cambie.
El artículo 39 de la Ley 28806 fija los máximos: 50 UIT para una infracción leve, 100 para una grave y 200 para una muy grave, y un tope de 300 UIT por el total de infracciones, en UIT vigentes en el año en que se constató la falta. La misma norma pide graduar la sanción según las circunstancias del caso y criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Cómo se clasifica la infracción
El RLGIT agrupa las infracciones de relaciones laborales en leves (artículo 23), graves (artículo 24) y muy graves (artículo 25). Las que más se relacionan con la asistencia son muy graves:
- 25.19: no contar con el registro de control de asistencia respecto de uno o más trabajadores, que no tenga la información mínima, o impedir o sustituir al trabajador en el registro de su tiempo de trabajo.
- 25.6: incumplir las normas sobre jornada, refrigerio, sobretiempo, trabajo nocturno, vacaciones y otros descansos, licencias, permisos y tiempo de trabajo en general.
El cálculo cuenta a los trabajadores afectados por cada infracción, no a toda la planilla. Si el registro falla solo para el turno de noche de una sede, los afectados son las personas de ese turno.
La tabla de multas en UIT
La tabla que sigue es la del artículo 48.1 en el texto del DS 008-2020-TR, tal como la recoge el compendio normativo de SUNAFIL. La norma dice que el MTPE revisa las tablas cada dos años; antes de usar una cifra en un caso real, confirma con tu asesor laboral que no haya una actualización posterior.
Empresa no MYPE (trabajadores afectados):
| Gravedad | 1 a 10 | 11 a 25 | 26 a 50 | 51 a 100 | 101 a 200 | 1,000 y más |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Leve | 0.26 | 0.89 | 1.26 | 2.33 | 3.10 | 15.52 |
| Grave | 1.57 | 3.92 | 5.22 | 6.53 | 7.83 | 26.12 |
| Muy grave | 2.63 | 5.25 | 7.88 | 11.56 | 14.18 | 52.53 |
Los tramos intermedios para la muy grave son 18.39 UIT (201 a 300), 23.64 (301 a 400), 31.52 (401 a 500) y 42.03 (501 a 999).
Pequeña empresa:
| Gravedad | 1 a 5 | 6 a 10 | 11 a 20 | 21 a 30 | 41 a 50 | 100 y más |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Leve | 0.09 | 0.14 | 0.18 | 0.23 | 0.45 | 2.25 |
| Grave | 0.45 | 0.59 | 0.77 | 0.97 | 1.62 | 4.50 |
| Muy grave | 0.77 | 0.99 | 1.28 | 1.64 | 2.75 | 7.65 |
Microempresa:
| Gravedad | 1 | 2 | 3 | 5 | 10 y más |
|---|---|---|---|---|---|
| Leve | 0.045 | 0.05 | 0.07 | 0.09 | 0.23 |
| Grave | 0.11 | 0.14 | 0.16 | 0.20 | 0.45 |
| Muy grave | 0.23 | 0.25 | 0.29 | 0.36 | 0.68 |
Ejemplos en soles con la UIT 2026
| Caso | UIT | Multa con UIT de S/ 5,500 |
|---|---|---|
| Microempresa, sin registro para 3 trabajadores (muy grave) | 0.29 | S/ 1,595 |
| Pequeña empresa, registro sin minutos para 15 trabajadores (muy grave) | 1.28 | S/ 7,040 |
| Empresa no MYPE, sin registro para 8 trabajadores (muy grave) | 2.63 | S/ 14,465 |
| Empresa no MYPE, registro incompleto para 40 trabajadores (muy grave) | 7.88 | S/ 43,340 |
| Empresa no MYPE, jornada por encima del máximo para 70 trabajadores (muy grave, 25.6) | 11.56 | S/ 63,580 |
| Empresa no MYPE, 1,200 afectados (muy grave) | 52.53 | S/ 288,915 |
Si en la misma inspección se detectan dos infracciones, por ejemplo falta de registro y exceso de jornada, cada una tiene su propia multa, dentro del tope de 300 UIT de la ley.
Reglas para micro y pequeñas empresas
El artículo 48.1-A del RLGIT, en el texto del DS 008-2020-TR, establece que:
- Las tablas de micro y pequeña empresa ya incluyen la reducción del 50 % del artículo 39 de la Ley.
- Para que se apliquen, la empresa presenta la constancia de inscripción en el REMYPE hasta antes de la resolución de segunda instancia.
- La multa en un mismo procedimiento no puede superar el 1 % de los ingresos netos del ejercicio anterior a la orden de inspección. Una microempresa que facturó S/ 250,000 en 2025 no pagaría más de S/ 2,500 en ese procedimiento.
El tope del 1 % no aplica a los supuestos de los numerales 48.1-B, 48.1-C y 48.1-D. Este último fija multas de 50, 100 o 200 UIT, según se trate de micro, pequeña u otra empresa, para el trabajo infantil (25.7) y el trabajo forzoso (25.18), que no admiten subsanación. Los beneficios laborales del régimen especial se ven en la nota del régimen laboral MYPE.
Reducción y reincidencia
El artículo 40 de la Ley 28806 reduce la multa:
- Al 30 % si se acredita la subsanación desde la notificación del acta de infracción y antes de que venza el plazo para apelar. Los S/ 14,465 del ejemplo bajarían a S/ 4,339.50.
- Al 50 % si, resuelta la apelación, se subsana dentro de los 10 días hábiles siguientes: S/ 7,232.50.
En sentido inverso, si la empresa reincide en una infracción del mismo tipo y calificación ya sancionada, la multa puede subir hasta 100 %, sin pasar los máximos de la ley. Que una falta de registro de días pasados se pueda subsanar es discutible: el Tribunal de Fiscalización Laboral ha sostenido que el registro es diario y que lo no registrado no se recupera, como reseñamos en la nota de inspección de SUNAFIL.
Cómo bajar el riesgo antes de la inspección
La forma más barata de evitar la multa del 25.19 es que el registro exista para todos, todos los días, con los datos mínimos del DS 004-2006-TR. Con Time Dalton cada marcación se guarda con hora y minuto del servidor y foto, y con cotejo facial 1:1 cuando el colaborador dio su consentimiento; funciona sin conexión y sincroniza después sin duplicar; las marcaciones no se editan ni se borran, solo se anulan o agregan con motivo en una bitácora encadenada por hash; y las horas extra pasan por aprobación con segunda firma. Los reportes se exportan a Excel o por API. Time Dalton no calcula multas ni la planilla peruana. Mira la página de control de asistencia en Perú o prueba la demo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto vale la UIT en 2026?
Ver
S/ 5,500, fijada por el Decreto Supremo N.° 301-2025-EF, según la tabla publicada por SUNAT.
¿Cuál es la multa por no tener registro de control de asistencia?
Ver
Es infracción muy grave (numeral 25.19 del RLGIT). Con la tabla del DS 008-2020-TR, una empresa no MYPE con 1 a 10 trabajadores afectados enfrenta 2.63 UIT, es decir S/ 14,465 con la UIT de 2026; con 51 a 100 afectados, 11.56 UIT, S/ 63,580.
¿Las micro y pequeñas empresas pagan menos?
Ver
Sí. Sus tablas ya incluyen la reducción del 50 % del artículo 39 de la Ley 28806, si acreditan su inscripción en el REMYPE. Además, su multa en un mismo procedimiento no puede superar el 1 % de sus ingresos netos del ejercicio anterior, salvo en ciertas infracciones.
¿Se puede reducir una multa de SUNAFIL?
Ver
Sí, el artículo 40 de la Ley 28806 la reduce al 30 % si subsanas desde la notificación del acta y antes de que venza el plazo para apelar, o al 50 % si subsanas dentro de los 10 días hábiles después de resuelta la apelación. Si reincides en la misma infracción, la multa puede subir hasta 100 %.
Fuentes oficiales
- Compendio normativo sobre la inspección del trabajo (SUNAFIL, 22-08-2022): Ley 28806, arts. 39 y 40; RLGIT DS 019-2006-TR, arts. 23 a 25 y 48, con la tabla del DS 008-2020-TR
- Unidad Impositiva Tributaria: valores por año, 2026 = S/ 5,500 (DS 301-2025-EF) (SUNAT)
- La condición laboral debe concordar con el tipo de personal: Tribunal de SUNAFIL sobre registro de asistencia (El Peruano, 22-04-2026)
Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.
Para hacer la cuenta
- Calculadora del costo de tardanzas y ausentismo · Minutos de tardanza y faltas al mes convertidos en dinero según tu salario promedio.
- Calculadora del tiempo de captura manual de asistencia · Horas de Recursos Humanos al mes en revisar y capturar la asistencia, y lo que cuestan.
- Control de asistencia para empresas en Perú · zonas horarias, nómina y datos personales del país