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Reforma de 40 horas en México: estado actual y calendario

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton México

En resumen

La reducción a 40 horas ya es ley: la reforma constitucional se publicó en el DOF el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo de 2026. La jornada máxima sigue en 48 horas durante 2026 y baja a 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, sin reducir salarios. Además, los patrones deberán registrar electrónicamente la jornada de cada trabajador.

Durante meses la pregunta fue «¿sí se va a aprobar?». A octubre de 2026 ya no hay duda: la reducción de la jornada a 40 horas está en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo (LFT), con un calendario gradual que arranca el 1 de enero de 2027. Lo que sigue pendiente es más fino, sobre todo el detalle del registro electrónico de la jornada. Aquí está el estado real, con fechas y fuentes oficiales.

¿En qué va la reforma de 40 horas hoy?

La reforma se hizo en dos pasos: primero la Constitución y luego la ley secundaria.

Fecha Qué pasó
3 de diciembre de 2025 La Presidenta de la República presenta ante el Senado la iniciativa de reforma al artículo 123 constitucional (y otra a la LFT)
11 de febrero de 2026 El Senado aprueba la reforma constitucional y la turna a la Cámara de Diputados
24 de febrero de 2026 La Cámara de Diputados la aprueba y pasa a los congresos estatales
3 de marzo de 2026 El Senado emite la declaratoria con el voto aprobatorio de 23 congresos locales; el decreto se publica ese mismo día en el DOF (edición vespertina) y entra en vigor
8 de abril de 2026 El Senado aprueba la reforma a la LFT
22 de abril de 2026 La Cámara de Diputados la aprueba por unanimidad (441 votos) y la envía al Ejecutivo
1 de mayo de 2026 Se publica en el DOF el decreto de reforma a la LFT, que entra en vigor ese día

El decreto constitucional daba al Congreso 90 días para reformar la legislación secundaria; la LFT se publicó dentro de ese plazo. La versión de la LFT que publica la Cámara de Diputados ya incorpora los cambios (última reforma DOF 14-05-2026, de otro tema).

Calendario: cuántas horas por año

El segundo transitorio del decreto de la LFT fija la reducción a partir del 1 de enero de cada año. El cuarto transitorio hace lo mismo con el tope semanal de horas extra:

Año Jornada ordinaria máxima semanal Horas extra máximas por semana
2026 48 9
2027 46 9
2028 44 10
2029 42 11
2030 40 12

El tercer transitorio dice que el periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 es para que trabajadores y empleadores ajusten sus procesos. En otras palabras: en 2026 no cambia el máximo de 48 horas; el primer recorte real llega el 1 de enero de 2027.

Las jornadas diarias no cambian: 8 horas la diurna, 7 la nocturna y 7.5 la mixta (artículo 61). Y el séptimo transitorio repite lo que dice la Constitución: la reducción no puede implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones.

¿Qué artículos de la LFT cambiaron?

El decreto del 1 de mayo de 2026 reformó los artículos 59, 61, 66, 68, 69 y el segundo párrafo del 71; adicionó un párrafo al 58, la fracción XXXIV al 132 y la fracción IV Bis al 994, y derogó el segundo párrafo del 67. Lo más relevante para la operación diaria:

  • Artículo 58: la jornada puede distribuirse de común acuerdo entre personas empleadoras y trabajadoras.
  • Artículo 59: la jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales (con el calendario gradual de arriba).
  • Artículo 66: las horas extra se pagan con 100 % más que las ordinarias; no pueden exceder 12 horas por semana, distribuidas en hasta 4 horas diarias y un máximo de 4 días.
  • Artículo 68: el tiempo extra que supere lo del artículo 66 no puede ser mayor de 4 horas a la semana y se paga con 200 % más. La suma de jornada ordinaria y extraordinaria nunca puede pasar de 12 horas diarias.
  • Artículo 69: por cada seis días de trabajo, al menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
  • Artículo 71: se mantiene la prima dominical de al menos 25 %.

La Constitución agrega que las personas menores de 18 años no pueden laborar tiempo extraordinario.

Un ejemplo para 2027

Una persona con turno diurno de lunes a sábado, 8 horas diarias, suma 48 horas. En 2026 todo eso es jornada ordinaria. En 2027, con un máximo de 46, sobran 2 horas por semana: o se reorganiza el turno para no pasar de 46, o esas 2 horas se pagan como extra al doble. Si su hora ordinaria vale $60, serían $240 adicionales por semana.

Cómo se combina el tope transitorio de 9 horas con la distribución diaria del artículo 66, y desde qué hora se paga triple durante la transición, son puntos donde conviene que revises tu caso con tu asesor laboral. El pago de horas extra lo explicamos en horas extra en México: pago doble y triple.

El registro electrónico de la jornada

La novedad que más afecta a los departamentos de RR. HH. es la nueva fracción XXXIV del artículo 132: el patrón debe registrar de manera electrónica la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización, y entregarlo a la autoridad cuando lo pida. El mismo artículo dice que:

  • la STPS expedirá disposiciones de carácter general que determinen a quién aplica y qué excepciones hay;
  • el registro hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.

Según el quinto transitorio, esas disposiciones generales entran en vigor el 1 de enero de 2027. Al 8 de octubre de 2026 no localizamos su publicación en el DOF, así que todavía no se conoce oficialmente el alcance ni las excepciones. Incumplir esta obligación tiene una multa de 250 a 5,000 UMA (artículo 994, fracción IV Bis).

Sobre la conservación de los controles de asistencia y su valor como prueba en un juicio, ya existían reglas en la LFT; las revisamos en obligaciones del patrón con el registro de asistencia.

Lo que todavía no está confirmado

  • Las disposiciones de la STPS sobre el registro electrónico: formato, alcance y excepciones, pendientes de publicación.
  • Dos días de descanso obligatorios: no forman parte de la reforma. Algunos grupos parlamentarios lo propusieron, pero el texto vigente mantiene un día por cada seis trabajados.
  • Reglas específicas por sector: la ley no incluye calendarios distintos por tamaño de empresa o industria.

Qué hacer esta semana

Haz un corte simple: cuántas personas tienen hoy un turno de más de 46 horas semanales. Esas son las que tendrás que reorganizar o pagar como extra a partir de enero. Para medirlo, la calculadora de horas trabajadas te sirve con casos sueltos; para toda la plantilla necesitas los registros reales.

Con un reloj checador como Time Dalton, cada marcación queda con hora del servidor, foto y, en la app, ubicación; las marcaciones no se editan ni se borran, solo se anulan o agregan con motivo, y todo queda en una bitácora. Puedes configurar turnos y rol semanal, horas extra con tope configurable y segunda firma, y exportar los reportes a Excel o por API a tu nómina. Cuando la STPS publique las disposiciones, sabrás si tu registro cumple con lo que pidan; mientras tanto, prueba la demo para ver cómo queda registrada una semana completa.

Preguntas frecuentes

¿Ya se aprobó la jornada de 40 horas en México?

Ver

Sí. La reforma al artículo 123 constitucional se publicó en el DOF el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo de 2026; ambas están vigentes, con una reducción gradual hasta 2030.

¿Cuándo empieza a bajar la jornada?

Ver

El 1 de enero de 2027, cuando el máximo pasa de 48 a 46 horas semanales. Después baja dos horas cada 1 de enero hasta llegar a 40 horas en 2030.

¿Me pueden bajar el sueldo por trabajar menos horas?

Ver

No. Tanto el decreto constitucional como el de la Ley Federal del Trabajo dicen que en ningún caso la reducción implicará disminución de sueldos, salarios o prestaciones.

¿La reforma da dos días de descanso a la semana?

Ver

No. La ley mantiene la regla de al menos un día de descanso con goce de salario íntegro por cada seis días de trabajo; la jornada puede distribuirse de común acuerdo entre las partes.

¿Desde cuándo es obligatorio el registro electrónico de la jornada?

Ver

La obligación está en el artículo 132, fracción XXXIV, desde el 1 de mayo de 2026, y las disposiciones generales de la STPS que definen a quién aplica entran en vigor el 1 de enero de 2027. Al 8 de octubre de 2026 no localizamos esas disposiciones publicadas en el DOF.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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