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Seguro Educativo en Panamá: 1.25 % del trabajador y 1.50 % del patrono

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Panamá

En resumen

El Seguro Educativo de Panamá se financia con el 1.25 % de los salarios básicos que aporta cada empleado y el 1.50 % que aporta el patrono, según la Ley 13 de 1987, que reformó el Decreto de Gabinete 168 de 1971. Los trabajadores independientes aportan el 2.75 % de sus ingresos anuales gravables. Se descuenta en la planilla mensual junto con las cuotas de la CSS, y la Ley 462 de 2025 no lo modificó.

En el talonario de pago de cualquier asalariado en Panamá aparecen tres descuentos de ley: la cuota de la Caja de Seguro Social, el impuesto sobre la renta y el Seguro Educativo. Este último es el más pequeño y el que menos se explica, pero también tiene su parte patronal, que se suma al costo de cada salario. Aquí verás de dónde sale, cuánto es con ejemplos en balboas, a dónde va el dinero y qué puntos conviene confirmar con tu contador antes de configurarlo en la planilla.

¿De dónde sale el Seguro Educativo?

Lo creó el Decreto de Gabinete 168 de 1971, y su forma actual viene de la Ley 13 de 28 de julio de 1987, publicada en la Gaceta Oficial 20858. Esa ley eliminó el cobro de matrícula en las escuelas oficiales y, para financiarlas, rehízo el artículo primero del decreto. Hoy dice que el Seguro Educativo se integra con:

  1. El 1.50 % de los salarios básicos pagados, aportado por los patronos.
  2. El 1.25 % de los salarios básicos recibidos, aportado por los empleados del sector público y privado. Quedan incluidos los trabajadores domiciliados en Panamá sujetos a limitaciones jurisdiccionales, los que trabajan para organizaciones internacionales y los que sirven en misiones diplomáticas y consulares acreditadas en el país.
  3. El 2.75 % de los ingresos anuales sujetos al impuesto sobre la renta que declaran los trabajadores independientes.

La Ley 462 de 2025, que reformó la Ley Orgánica de la CSS y subió la cuota patronal, no tocó estos porcentajes. Las cuotas de la CSS, que sí cambiaron, están en la nota sobre las cuotas de la CSS en Panamá.

Cuánto se descuenta: ejemplos

Con un salario básico de B/. 900.00 al mes:

  • Descuento al trabajador (1.25 %): B/. 11.25.
  • Aporte del patrono (1.50 %): B/. 13.50.

Con un salario de B/. 1,600.00:

  • Trabajador: B/. 20.00.
  • Patrono: B/. 24.00.

Para ver el costo completo de un salario, súmalo con las cuotas de la CSS. Con B/. 1,000.00 de sueldo en 2026, el trabajador aporta B/. 97.50 a la CSS y B/. 12.50 al Seguro Educativo, B/. 110.00 en total; la empresa aporta B/. 132.50 a la CSS y B/. 15.00 al Seguro Educativo, B/. 147.50, más la prima de riesgos profesionales de su actividad.

En una planilla de 25 personas con un salario promedio de B/. 1,000.00, el Seguro Educativo patronal es de B/. 375.00 al mes, B/. 4,500.00 al año. Es una cifra pequeña frente a la CSS, pero conviene que esté en el presupuesto de cada contratación.

Qué es «salario básico»: puntos a confirmar

La ley habla de salarios básicos, no de toda remuneración. La Ley Orgánica de la CSS, en cambio, define el salario para sus cuotas de forma amplia, con comisiones, vacaciones y bonificaciones. Eso deja preguntas prácticas que no resuelve el texto de 1987 por sí solo:

  • ¿Las horas extra entran en la base del Seguro Educativo?
  • ¿Las vacaciones pagadas entran?
  • ¿Las comisiones y bonificaciones?
  • ¿Las partidas del décimo tercer mes?

Para el décimo, la contribución que fija la Ley Orgánica de la CSS es una contribución especial de 7.25 % y 10.75 % sobre cada partida, que explicamos en la nota del décimo tercer mes en Panamá. Para el resto de conceptos, define la base con tu contador y la DGI, y documenta la decisión. Lo importante es que la base que uses para el Seguro Educativo sea la misma en la planilla, en el SIPE y en el informe a la DGI.

A dónde va el dinero

El artículo segundo del decreto, también reformado por la Ley 13 de 1987, dice que el fondo se destina exclusivamente a fines educativos:

  • Una tercera parte al Ministerio de Educación, para los gastos de las escuelas oficiales que antes se cubrían con el cobro de matrícula.
  • Dos terceras partes repartidas entre formación profesional (15 %), educación sindical (5 %), educación cooperativa (5 %), educación agropecuaria (7.5 %), radio y televisión educativa (7.5 %), becas y otros fines que enumera la ley.

Errores frecuentes al configurarlo

Cuando una empresa pasa de Excel a un sistema, o cambia de sistema de planilla, estos son los errores que más se repiten con el Seguro Educativo:

  • Invertir los porcentajes. El 1.25 % es del trabajador y el 1.50 % del patrono, no al revés. Un error así no se nota en el recibo, pero sí en el costo y en la conciliación con lo que factura la CSS.
  • Calcularlo sobre el neto. La base es el salario, no lo que queda después de descontar la CSS o el ISR.
  • Aplicarlo a un trabajador independiente con el porcentaje de asalariado. El independiente no pasa por tu planilla: aporta el 2.75 % sobre sus ingresos anuales gravables en su propia declaración.
  • Olvidar las faltas sin goce. Si el salario del mes bajó por días no pagados, la base del Seguro Educativo también baja. Por eso las ausencias tienen que estar decididas antes de calcular.
  • Redondear por línea y no por total, o al revés, de forma distinta en cada mes. Elige una regla con tu contador y no la cambies.

Dónde aparece en la planilla

El Seguro Educativo se calcula en la misma planilla mensual que las cuotas de la CSS, y por eso se ve en dos lugares:

  1. En el recibo del trabajador, como descuento separado de la CSS y del ISR.
  2. En el costo patronal, como aporte de la empresa.

Si tu sistema solo calcula el descuento del trabajador y olvida el aporte patronal, el costo real de la planilla queda corto todos los meses. Cómo preparar el cierre mensual y qué cuesta pagar tarde lo vemos en la nota sobre el SIPE de la CSS, y el otro descuento de ley, en ISR sobre salarios en Panamá.

Cómo lo resuelve un sistema de asistencia

En la nómina de Panamá de Time Dalton, el Seguro Educativo se calcula para el empleado y para el patrono en cada corrida, junto con la CSS, el ISR y el riesgo profesional de la empresa. Los porcentajes son parámetros con su fuente: si la fuente de un parámetro dice que está pendiente de cotejar, se usa para calcular pero bloquea la aprobación de la planilla hasta que alguien lo confirme. Así nadie publica una planilla con un dato sin verificar.

La base de cada persona sale de la asistencia aprobada, registrada en kiosko o en la app con foto y prueba de vida, con turnos, faltas y horas extra ya decididas. Conoce el reloj marcador para Panamá o prueba la demo con una empresa de prueba que se reinicia cada 24 horas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el Seguro Educativo en Panamá?

Ver

El 1.25 % de los salarios básicos, a cargo del empleado, y el 1.50 % a cargo del patrono, según el artículo primero del Decreto de Gabinete 168 de 1971 reformado por la Ley 13 de 1987.

¿Los trabajadores independientes pagan Seguro Educativo?

Ver

Sí. La misma ley fija un aporte del 2.75 % de los ingresos anuales sujetos al impuesto sobre la renta que declaran los trabajadores independientes.

¿La reforma de la CSS cambió el Seguro Educativo?

Ver

No. La Ley 462 de 2025 subió la cuota patronal de la CSS, pero el Seguro Educativo se rige por su propia norma y sus porcentajes siguen en 1.25 % y 1.50 %.

¿A qué se destina el Seguro Educativo?

Ver

Según la Ley 13 de 1987, una tercera parte va al Ministerio de Educación para gastos de las escuelas oficiales, y el resto se reparte entre formación profesional, educación sindical, cooperativa y agropecuaria, radio y televisión educativa, becas y otros fines educativos.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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