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Séptimo día en Honduras: descanso semanal, domingo y pago doble

Publicado el Revisado el 6 min de lectura Por Equipo Time Dalton Honduras

En resumen

El artículo 338 del Código del Trabajo de Honduras da un día de descanso, preferentemente el domingo, por cada seis días de trabajo, y permite cambiarlo por 24 horas seguidas en otro día solo en casos que la ley enumera. Si por convenio se trabaja el día de descanso, se paga con el duplo del salario ordinario en proporción al tiempo trabajado (art. 340), sin perder otro día de descanso en la semana.

En Honduras se le dice «séptimo día» al descanso semanal pagado. La regla está en el Código del Trabajo y es sencilla de enunciar: uno de cada siete días se descansa. Lo que genera reclamos es lo demás: en qué casos puede no ser domingo, cuánto vale trabajarlo y qué pasa con la semana de quien faltó. Aquí van las reglas con el texto del Código y ejemplos en lempiras.

La regla del artículo 338

El artículo 338 del Código del Trabajo dice que el trabajador goza de un día de descanso, preferentemente el domingo, por cada seis días de trabajo. La Constitución, en su artículo 128, ya fija que la jornada diurna de 44 horas semanales se paga como 48, y ese salario de 48 horas es el que incluye el descanso.

El mismo artículo permite pactar 24 horas consecutivas de descanso en otro día a cambio del domingo, solo en estos casos:

  1. Trabajos urgentes cuya interrupción no es posible.
  2. Labores que por su carácter técnico o práctico requieren continuidad.
  3. Trabajos cuya interrupción en domingo perjudicaría el interés o la salubridad públicos.
  4. Labores agrícolas o ganaderas.
  5. Servicio doméstico y choferes particulares.

La misma regla se aplica cuando se quiere habilitar como laborable un feriado. En todos los casos debe quedar asegurado el descanso semanal, y ninguna excepción al descanso dominical vale para menores de 16 años.

Comercios abiertos en domingo

El artículo 344 dice que los domingos y feriados permanecen cerrados los establecimientos comerciales e industriales, con excepciones: los casos del artículo 338, hoteles, restaurantes, mercados, refresquerías, farmacias, funerarias, panaderías, gasolineras, lugares de diversión y ventas de víveres, verduras, frutas y leche.

Si tu negocio trabaja habitualmente en domingo, el artículo 343 pide fijar en un lugar público del establecimiento, con al menos 12 horas de anticipación, la lista del personal que no podrá descansar el domingo, con el día y las horas de su descanso compensatorio. Un rol semanal publicado y guardado cumple esa función y te sirve de prueba.

Cuánto se paga si se trabaja el día de descanso

El artículo 340 fija el pago: si por convenio se trabaja el día de descanso o un feriado, se paga con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria, en proporción al tiempo trabajado, sin perjuicio del derecho a otro día de descanso en la semana.

Ejemplos con el salario mínimo 2026 de comercio para empresas de 51 a 150 trabajadores (L16,472.88 al mes, L549.10 al día y L68.64 por hora según la tabla oficial):

Caso Cálculo Pago
Jornada completa de 8 horas en el día de descanso L549.10 × 2 L1,098.20
4 horas en el día de descanso L68.64 × 4 × 2 L549.12
6 horas en el día de descanso L68.64 × 6 × 2 L823.68

Fíjate en la frase final del artículo: pagar doble no reemplaza el descanso. Si alguien trabaja su domingo, sigue teniendo derecho a descansar otro día de esa semana. Pagar el doble y dejarlo siete días seguidos sin descanso no cumple la ley.

Si las horas trabajadas en el día de descanso superan la jornada ordinaria, también entran en juego los recargos de horas extra. Cómo se combinan el duplo del artículo 340 y el recargo del artículo 330 en la misma hora no lo resuelve el texto: consulta con tu asesor laboral. Para el detalle de los recargos, revisa la nota de horas extra en Honduras.

El séptimo día y las faltas

El artículo 322 contiene la regla que más se discute en planilla: el trabajador que falta en alguno de los días de la semana y no completa las 44 horas solo tiene derecho a un salario proporcional al tiempo trabajado, con base en el salario de 48 horas semanales. La misma regla rige para la jornada nocturna y la mixta.

Un ejemplo para entenderla. Un dependiente gana L549.10 diarios, es decir, L3,843.70 por las 48 horas pagadas de una semana (7 días × L549.10). Trabaja 5 días de 8 horas y falta un día sin justificación: completa 40 de 44 horas. Una lectura proporcional da L3,843.70 × 40 ÷ 44 = L3,494.27. Es solo una forma de aplicar la proporción; cómo se lleva a salarios mensuales y si se aplica igual a una falta justificada no lo precisa el artículo, así que consulta con tu asesor laboral antes de descontar.

Lo que sí es claro: la proporción se calcula sobre el tiempo trabajado, y para eso necesitas saber cuántas horas hizo cada persona en la semana. Revisa también la nota sobre faltas y llegadas tarde, porque el Código prohíbe descontar multas.

Otras reglas que rodean el descanso

  • Diez horas entre jornadas. El artículo 327 exige un descanso ininterrumpido de al menos 10 horas al terminar el trabajo diario.
  • Cambios de turno. El artículo 337 prohíbe cambiar los turnos de forma que se alteren las horas de descanso y comidas.
  • La víspera del descanso. El artículo 341 dice que ningún trabajador podrá ser ocupado después de la 1:00 p. m. de la víspera del día de descanso semanal. Es texto del Código de 1959; cómo se aplica hoy en tu actividad, consúltalo con tu asesor laboral.
  • Labores continuas. Cuando el personal no puede descansar durante una o más semanas, como en viajes fluviales o marinos, el artículo 342 permite acumular los días de descanso para la semana siguiente o pagarlos si el contrato termina.
  • Tiempo parcial. Con la Ley de Empleo a Tiempo Parcial (Decreto 45-2026), el séptimo día solo se paga si la persona trabajó de forma regular al menos 5 días en la semana. Lo explicamos en la nota de empleo a tiempo parcial.

Cómo documentar el descanso semanal

Una revisión de la Secretaría de Trabajo o un reclamo por domingos trabajados se resuelve con tres datos por persona: qué día descansó cada semana, qué días trabajó y cuántas horas. Si tu rol es rotativo, la guía de turnos rotativos te ayuda a asegurar un descanso cada seis días.

Con Time Dalton armas el rol semanal por sede con el día de descanso de cada persona y cargas los feriados del año. El personal marca en un reloj marcador de kiosko web, en una tablet o computadora de la sede, con su número o el QR del gafete y una foto, o desde la app con foto y ubicación, también sin conexión. El sistema marca como incidencia la marcación en un día de descanso, detecta faltas y separa las horas extra con tope configurable y segunda firma.

En Honduras Time Dalton no tiene nómina integrada: exporta los días trabajados y las horas a Excel o por API para que tu planilla aplique el duplo y la proporción. Conoce el reloj marcador para Honduras o prueba la demo con una empresa de ejemplo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de descanso semanal hay en Honduras?

Ver

Uno por cada seis días de trabajo, de preferencia el domingo, según el artículo 338 del Código del Trabajo. Puede darse otro día de 24 horas consecutivas solo en los casos que ese artículo enumera.

¿Cuánto se paga si se trabaja el día de descanso?

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El duplo del salario de la jornada ordinaria, en proporción al tiempo trabajado (art. 340). Con un salario de L549.10 diarios, una jornada completa en el día de descanso vale L1,098.20.

¿Si el trabajador falta, pierde el pago del séptimo día?

Ver

El artículo 322 dice que quien falta y no completa las 44 horas semanales solo recibe salario proporcional al tiempo trabajado, con base en el salario de 48 horas. Cómo se aplica esa regla a tu planilla, consúltalo con tu asesor laboral.

¿Los menores de 16 años pueden trabajar en domingo?

Ver

No. El artículo 338 dice que ninguna excepción al descanso dominical se aplica a los menores de dieciséis años.

Fuentes oficiales

Revisado el 08/10/2026. Esta nota explica la norma de forma general; para un caso concreto, consulta con tu asesor laboral.

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