El artículo 63 del Código del Trabajo de Nicaragua permite, por acuerdo entre empleador y trabajadores, distribuir las horas semanales en jornadas diarias más largas para descansar el sábado...
La Ley de Seguridad Social de Nicaragua (Decreto 974, art. 93) da al asegurado incapacitado por enfermedad un subsidio del 60 % calculado sobre sus últimas 8 cotizaciones semanales dentro de...
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Descansos, vacaciones y prestaciones · República Dominicana
La Ley 87-01 da al trabajador cotizante un subsidio por enfermedad común desde el cuarto día de incapacidad y hasta 26 semanas, del 60 % del salario cotizable si la atención es ambulatoria y...
Desde el 1 de mayo de 2026 el ingreso mínimo mensual en Chile es de CLP 553.553 para trabajadores de 18 a 65 años y de CLP 412.938 para menores de 18 y mayores de 65, según la Ley 21.830, pu...
Cuando un médico del IGSS suspende a un afiliado por enfermedad, el patrono paga el día en que empieza la incapacidad y el Instituto paga un subsidio de dos tercios del salario diario base d...
En Guatemala todo trabajador tiene derecho a un día de descanso remunerado después de cada semana de trabajo, que se computa de cinco a seis días según la costumbre de la empresa (art. 126 d...
El artículo 338 del Código del Trabajo de Honduras da un día de descanso, preferentemente el domingo, por cada seis días de trabajo, y permite cambiarlo por 24 horas seguidas en otro día sol...
En Nicaragua, por cada seis días de trabajo continuo u horas equivalentes, la persona tiene derecho a un día de descanso con goce de salario íntegro, que por regla general es el domingo (art...
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Registro de asistencia y cumplimiento · República Dominicana
En el Sistema Dominicano de Seguridad Social el trabajador aporta 3.04 % al Seguro Familiar de Salud y 2.87 % a pensiones, y el empleador 7.09 % y 7.10 %, más el Seguro de Riesgos Laborales...
En Perú la tardanza se descuenta, en la práctica, por el tiempo no trabajado, y el registro de control de asistencia es la prueba. La impuntualidad reiterada solo es falta grave para despedi...
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Registro de asistencia y cumplimiento · República Dominicana
En República Dominicana el trabajador debe asistir con puntualidad (art. 44 del Código de Trabajo) y avisar en 24 horas la causa de una ausencia (art. 58). Ante tardanzas y faltas, el emplea...
La Ley 21.220, vigente desde el 26 de marzo de 2020, incorporó al Código del Trabajo el trabajo a distancia y el teletrabajo (arts. 152 quáter G a O). El empleador debe implementar a su cost...
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